Ley 1314 del 2009

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ley 1314 mapa conceptual
Marcial Mosquera
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Marcial Mosquera
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Resumen del Recurso

Ley 1314 del 2009
  1. Objetivo
    1. Por mandato de esta Ley, el Estado, bajo la dirección del Presidente la República y por intermedio de las entidades a que hace referencia la presente Ley, intervendrá la economía, limitando la libertad económica, para expedir normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, que conformen un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, por cuya virtud los informes contables y, en particular, los estados financieros, brinden información financiera comprensible. transparente y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones económicas por parte del Estado. los propietarios. funcionarios y empleados de las empresas, los inversionistas actuales o potenciales y otras partes interesadas. para mejorar la productividad. la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas. nacionales o extranjeras.
    2. alcance
      1. la presente ley aplica a todas [as personas naturales y juridicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera, de su promulgación y aseguramiento.
      2. autoridades de regulacion y normalizacion tecnica
        1. Bajo la dirección del Presidente de la República y con respeto de las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduria General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo. obrando conjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información, con el fundamento en las propuestas que deberá presentarles el Consejo Técnico de la Contaduria Pública, como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información.
        2. vigencia
          1. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación
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