Su propócito es entender que la ética informática es
esencial ya que permite determinar la capacidad del
profesional desde la raiz.
La Ética de la Informática (EI) es una nueva disciplina
que pretende abrirse campo dentro de las éticas
aplicadas y que ha emergido con fuerza desde hace unos
pocos años en el mundo anglosajón
ORIGEN
Los progresos mundiales de las computadoras, el creciente aumento de las capacidades de almacenamiento y procesamiento,
la miniaturización de los chips de las computadoras instalados en productos industriales, la fusión del proceso de la información
con las nuevas tecnologías de comunicación, así como la investigación en el campo de la inteligencia artificial.
DERECHO A LA
PRIVACIDAD
DEFINICIÓN
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen
nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen
derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre
ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser
interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que
establezca la ley.
DERECHOS DE AUTOR
DEFINICIONES
La Propiedad Intelectual es la denominación que recibe la protección legal sobre toda creación del
talento o del ingenio humano, dentro del ámbito científico, literario, artístico, industrial o
comercial.
La protección de la propiedad intelectual es de tipo jurídica, sin embargo las leyes que existen no se
realiza sobre esta denominación conceptual, sino sobre dos campos muy bien diferenciados: el Derecho
de Autor y la Propiedad Industrial.
La protección que la ley colombiana otorga al Derecho de Autor se realiza sobre todas las formas en que se
puede expresar las ideas, no requiere ningún registro y perdura durante toda la vida del autor, más 80 años
después de su muerte, después de lo cual pasa a ser de dominio público. El registro de la obra ante la Dirección
Nacional del Derecho de Autor sólo tiene como finalidad brindar mayor seguridad a los titulares del derecho.
La Propiedad Industrial por su parte, es la protección que se ejerce sobre las ideas que tienen
aplicación en cualquier actividad del sector productivo o de servicios. En Colombia, para oficializar esta
protección se requiere un registro formal en la Superintendencia de Industria y Comercio y sólo es
válido durante algunos años para asegurar el monopolio de su explotación económica.
La diferencia fundamental entre los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, es que mientras los
primeros protegen el medio en el que va la creación y el ingenio artístico, durante toda la vida del autor más
un tiempo adicional (80 años), el segundo protege la idea pero sólo en el caso en que tenga una aplicación
industrial, y se realiza por un tiempo limitado para asegurar su explotación económica (alrededor de 20 años).
En ambos casos, después de pasada la protección, las creaciones pasan a ser de Dominio Publico, lo que
significa que cualquier persona o empresa puede utilizarlas sin permiso de nadie y sin tener que pagar por
ello, pero siempre reconociendo la autoría.