1. Mantener; identidad, sentido de pertenencia,
tradiciones ancestrales y formas de
organización social.
2. No ser objeto de racismo, Ni
discriminación
7. Consulta previa, libre e informada, en un
plazo razonable, de planes y programas de
prospección, explotación y comercialización
de recursos no renovables en sus tierras.
4. Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras
comunitarias
inalienables,
inembargables e
indivisibles.
11. No ser desplazados de sus tierras
ancestrales.
12. Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos
colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes ancestrales
20. La limitación de las actividades
militares en sus territorios
19. Impulsar el uso de las vestimentas, los símbolos y los
emblemas que los identifiquen.
3. Reconocimiento, reparación y resarcimiento
a las colectividades afectadas por racismo,
xenofobia
14. Desarrollar, fortalecer
y potenciar el sistema
de educación
intercultural bilingüe
5. Mantener la posesión de las tierras y territorios
ancestrales y obtener su adjudicación gratuita.
6. Participar, uso, usufructo, administración y
conservación de los recursos naturales
renovables, encontrados en sus tierras
8. Conservar y promover sus prácticas de
manejo de la biodiversidad y de su entorno
natural.
9. Conservar y desarrollar sus propias formas de
convivencia y organización social, y de generación
y ejercicio de la autoridad
10. Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o
consuetudinario, que no podrá vulnerar derechos
constitucionales, en particular de las mujeres, niñas, niños y
adolescentes.
15. Construir y mantener organizaciones que los representen, en el marco del
respeto al pluralismo y a la diversidad cultural, política y organizativa.
16. Participar mediante sus representantes en los organismos
oficiales que determine la ley, en la definición de las políticas
públicas que les conciernan
Derechos Colectivos:
13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y
preservar su patrimonio cultural e histórico como
parte indivisible del patrimonio del Ecuador.
17. Ser consultados antes de la adopción de una
medida legislativa que pueda afectar cualquiera de
sus derechos colectivos.
18. Mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la
cooperación con otros pueblos, en particular los que estén
divididos por fronteras internacionales.
21. La dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones,
historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y en
los medios de comunicación;