TEMA 5 COSTAS. RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO
DEL DPMT. CÁNONES, FIANZAS, RESCATES
Se incluye en el Título IV de la LC. Toda ocupación
en DPMT devengará CANON en favor de la AGE (art. 84)
Por ocupación del DPMT: Se valorará por el mayor de: -VALOR
CATASTRAL -COMPROBADO POR AGE A EFECTOS TRIBUTARIOS
-DECLARADO EN TERRENOS CONTIGUOS. A este valor se le
incrmentará el BENEFICIO NETO ANUAL MEDIO DE 10 AÑOS antes
de impuestos, que NO será <20% de la INVERSIÓN. Ocupaciones
de saneam, abast, elect y comunicaciones, así como en mart
territorial se valorará a 0,006 €/m2+Rendimientos (NO<20% I)
Gravamen 8% salvo APROVECHAMIENTO (100%). El
canon podrá reducirse un 90% si la ocupación es
para uso público y gratuito. Las CCAA y Aytos.
están EXENTOS si la actividad NO es LUCRATIVA
Por aprovechamiento de bienes de DPMT: El valor del bien a
precio de mercado. En caso de CULTIVOS MARINOS: 0,006 €/m2.
Los RENDIMIENTOS serán: -En MAR TERRITORIAL Y AGUAS
INTERIORES: 0,4 €/m2 -RM y RÍAS: 0,16 €/m2 -Tomas de agua de
mar y desagües desde cultivos marinos en tierra: 5 €/m2
CONTRIBUCIONES ESPECIALES (art. 87 bis): Por
obras en DPMT a personas especialmente
beneficiadas. Base Imponible NO > 50% del coste
FIANZAS (art. 88): Los peticionarios de conc y aut depositarán
una FIANZA PROVISIONAL del 2% del presupuesto de las
obras. Otorgada la conc se constituirá la FIANZA DEFINITIVA
del 5%. Se devolverá al año del reconocimiento de las obras
RESCATE (art. 89): En caso de RESCATE de una
CONCESIÓN se indemnizará por el valor de las obras no
amortizadas + pérdida de beneficios del año en curso
RÉGIMEN SANCIONADOR. Se desarrolla en el Título V. Las
infracciones se clasifican en LEVES y GRAVES (art. 90)
GRAVES: Alterar hitos, ocupar DPMT sin título, extracción
áridos sin título, interrupción de ST o Acceso al Mar, obras NO
AUTORIZADAS en SP, vertidos NO AUTORIZ de aguas residuales. PRESCRIPCIÓN: 2 AÑOS
LEVES: Daños al DPMT, incumplimiento de
servidumbres, incumplimiento condicionados
de aut y conc, publicidad no autorizada. PRESCRIPCIÓN: 6 MESES
La imposición de multas corresponderá al Jefe del Servicio Periférico
<= 60.000 €, Director General <= 300.000 €, Ministro <= 1.200.000 € y
C.M. si es más. El Órgano competente incoará expediente sancionador
con pliego de cargos para su alegación. Resolución en 12 meses. EN
caso de obras ilegales se paralizarán con ayuda de la fuerza pública
LEY 26/2007 DE RESONSABILIDAD MA. La responsabilidad MA tiene
carácter OBJETIVO e ILIMITADO. "Quien contamina, paga". OBJETIVO,
pq se le obliga al operador a actuar en ciertas condiciones
independientemente de su posible culpa o dolo. ILIMITADO, pq obliga a
restaurar el MA a su estado inicial, independientemente del coste
CONTENIDO LEY 26/2007. Capítulo I: Disp. generales. Capítulo II: Atribución
de responsabilidades. Capítulo III: Obligaciones de los operadores en
materia de prevención. Capítulo IV: Garantías financieras. Capítulo V:
Infracciones y sanciones. Capítulo VI: Procedimiento. Modificada por Ley
11/2014 para reforzar la PREVENCIÓN y RACIONALIZACIÓN DE GARANTÍAS