Los Estados y Municipios, tendrán
la obligación de general políticas
públicas que permitan la
disminución de los delitos.
Para fortalecer esta tarea ,
la Carta Magna ordena el
establecimiento de base de
datos criminalísticos y de
personal de seguridad
pública, que contribuyan a
esta labor.
FORTALECER LA
INVESTIGACIÓN DEL
DELITO A CARGO DE LA
POLICÍA, BAJO LA
CONSUCCIÓN JURÍDICA
DEL MINISTERIO
PÚBLICO.
La investigación de los
delitos se encontraba a
cargo del Ministerio Público,
que tiene bajo su mando a la
policía. Esto propiciaba que
el Ministerio Público no
entendiera adecuadamente
su principio funcional, que es
encabezar la persecución de
los delitos ante los
tribunales.
La reforma contempla que la policía tenga
autonomía técnica y funcional el al realizar la
investigación de los delitos, pero siempre bajo el
mando y la conducción jurídica del Ministerio
Público.
FORTALECER EL SISTEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA.
Se busca, coordinar entre sí, para
cumplir los objetivos de la
seguridad pública, al Ministerio
Público y a las Instituciones
policiales de los tres órganos de
gobierno.
Para estar a la altura de las exigencias
Constitucionales, se fortalece el
Sistema Nacionales de Seguridad
pública. Se pretende evaluar y
reconocimiento y certificación de los
miembros de seguridad pública.
RESTRINGIR LA
PRISIÓN PREVENTIVA
Y LOS BENEFICIOS
PRELIBERACIONALES.
Transcurrido el plazo de
dos años sin que el juez
pronuncie sentencia, el
imputado será puesto en
libertad de inmediato
mientras dure el proceso.
También se determina que en
caso de delincuencia organizada
se establecerán centros
especiales de prisión preventiva y
de ejecución de sentencia.
La reforma establece que
ahora la imposición de las
penas, su modificación y
duración sólo corresponderá a
la autoridad judicial.
Sólo se impondrá la
prisión preventiva cuando
otras medias no sean
suficientes para garantizar
la presencia del imputado,
y no podrá exceder del
tiempo que la ley fije como
pena del delito.
IMPLEMENTAR GRADUALMENTE LAS
REFORMAS
Implicará también la construcción
de nuevas salas donde se desarrollan
los juicios orales y las instalaciones
que se requieran para ubicar los
institutos de mediación o sus
equivalentes.
El Congreso de la unión ha
establecido que este sistema deberá
concluirse en un plazo que no exceda
de 2 años, es necesario ya que la
reforma va a implicar, reformas a
distintas leyes, cambios
organizacionales.
En materia de capacitación dirigida
hacia los jueces, agentes del
Ministerio Público, policías,
defensores de oficio, perito y
abogados, ya que las reglas de
proceso son distintas a las hasta
ahora conocían.