Elección y periodo de los cabildos

Descripción

Magisterio (Educación) Mapa Mental sobre Elección y periodo de los cabildos, creado por EVA SANDRID el 20/05/2022.
EVA  SANDRID
Mapa Mental por EVA SANDRID, actualizado hace más de 1 año
EVA  SANDRID
Creado por EVA SANDRID hace más de 2 años
4
0

Resumen del Recurso

Elección y periodo de los cabildos
  1. El periodo de duración del cabildo mayor es de dos años, contados a partir de su posesión;
    1. La elección del cabildos mayor debe ser preparada con 6 meses de anticipación para que las comunidades elijan a conciencia sus delegados y sus candidato
      1. El cabildo mayor debe estar conformado por representante de los diferentes cabildos menores.
        1. Los cargo principales del cabildo mayor, no pueden ser ocupados por delegados de la misma comunidad, durante dos periodos seguidos.
        2. Un líder no puede estar más de dos veces seguidas, con cargo en el cabildo mayor
          1. Cuando haya que cambiar un cabildante mayor el reemplazo será elegido por la misma comunidad que envío al que va a salir del cargo. mientras esto se hace, trabajaras el suplente respectivo
            1. Si la comunidad no encuentra reemplazo, la asamblea podrá elegirlo, buscando que sea de una comunidad que no tenga un cargo principal en el cabildo mayor
          2. La elección se hará en asamblea de cabildo, donde estén representados más de la mitad de las comunidades, con sus respectivos delegados oficiales; si no hay suficientes delegados, se aplaza la elección
            1. Cada cabildo menor tendrá derecho a un determinado número de delegados oficiales y aun candidato para formar parte de la directiva del cabildo mayor
              1. Los delegados oficiales deben ser dos cabildantes menores y 3 particulares que no sean del cabildo menor.
                1. Esto delegados oficiales debe ser de diferentes comunidades, para que todos tengan representación.
                  1. Esto delegados oficiales debe ser de diferentes comunidades, para que todos tengan representación.
                2. Las comunidades que no tienen cabildo menor, mandara 2 delegados oficiales que puedan ser elegidos parte de la directiva del cabildo mayor, si la asamblea lo ve necesario o conveniente.
                  1. Solo tendrá derecho al voto en la elección, los delegados oficiales
                  2. A la asamblea general de elección, podrá asistir todos los indígenas que así lo quieran, pero solo tendrá derechos a voz
                    1. Si la asamblea se pone de acuerdo, en relación con los cargos del cabildo mayor, la elección no se llevara a votación.
                      1. Si hay más de un candidato para un mismo cargo, se llevara a votación
                      Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                      Similar

                      Ramas del derecho
                      Mónica Molina
                      DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                      valeavenita
                      Tema 2: Constitución Esañola (I)
                      Francisco Afonso
                      DERECHO ROMANO
                      profesorjoelnavarro
                      APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                      IGNACIO FERNANDEZ
                      Origen y Esencia de la Religión
                      Jesús Torres
                      Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                      Dania Riverol
                      sistema penal acusatorio
                      Agote la vía gubernativa
                      Derecho Penal
                      freddygroover
                      MARCO JURÍDICO
                      Javier Paz
                      Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                      evamarcela.escob