Es un instrumento autorizado y validado por un notario
público. Aquel material que sirve para plasmar, mediante
escritos representativos, el pensamiento del hombre y su
voluntad.
Tipos de instrumentos
notariales
Públicos
Expedidos por un funcionario público
o un notario, y que dan fe de los
hechos realizados en su presencia.
Protocolo notarial
Los protocolos
pertenecen al Estado.
Se forman anualmente con las
escrituras matrices y los
documentos públicos o privados
que el notario autoriza e incorpora
por mandato de la Ley o por orden
de autoridad competente o a
petición de los interesados.
Registro de
escrituras públicas
Es el documento matriz que
contiene los actos y contratos
o negocios jurídicos que las
personas otorgan ante
notario y que éste autoriza e
incorpora a su protocolo.
Registro de
testamentos
Se lleva en forma directa
con el notario el testamento
de escritura pública y el
cerrado, para garantizar lo
que la ley establece.
Las cubiertas de los cerrados se
dejará en el una copia firmada por el
testador, los testigos y el notario, en
el acto mismo del otorgamiento.
Extraprotocolares
Son instrumentos que no
cuentan con una matriz oficial
dentro del archivo notarial. Pero
es presenciado por el notario
Registro de actas
de protocolo
Se extiende a las actas
de protesto de los
títulos de valores.
Registro de actas de transferencia
de bienes muebles registrados
Se extiende a las
actas de bienes
muebles registrables,
como los vehículos
usados.
Privados
Dejan constancia de un hecho
sin haber sido expedido por un
funcionario público, es decir,
son expedidos por particulares.
Y para que sea legal debe ser
notariado por un notario público.
Su
estructura
Un protocolo notarial es una
colección documental ordenada
cronológicamente de las
escrituras protocolizadas
realizadas por los notarios
durante un año. Suelen abarcar
uno o más tomos encuadernados
y son foliados con letras.
Suelen abarcar uno o más
tomos encuadernados y
son foliados con letras.
Aspectos relevantes
Los documentos
al estar en
escrituras publicas
estan as seguros
Agilizan
el tráfico
comercial
Documentos necesarios para la
elaboración del registro, libros,
índices y protocolo notarial.
Libros formados por
folios numerados y
sellados en las que el
notario asienta y
autoriza las escrituras.
Actas que se otorguen ante
su fe, con sus respectivos
apéndices, así como por los
libros de cotejo con sus
apéndices.
Cualquier persona puede pedir
copia o testimonio de la
escritura matriz o compulsa de
los documentos protocolizados.
La infracción de los ordinales 3 y 4 del
Art. 20 determina la nulidad de la
escritura y el notario será destituido,
sin perjuicio de las responsabilidades
civiles o penales a que hubiere lugar.