Esta sección trata la contabilización de
todos los arrendamientos, y se aplicará a
los acuerdos que transfieren el derecho de
uso de activo, incluso en caso el arrendador
quede obligado a suministrar servicios de
cierta importancia en relación con la
operación o mantenimiento de esos
activos.
CLASIFICACIÓN DE LOS
ARRENDAMIENTOS
Un arrendamiento se clasificará como
financiero cuando transfiera sustancialmente
todos los riesgos y ventajas inherentes a la
propiedad. Un arrendamiento se clasificará
como operativo si no transfiere
sustancialmente todos los riesgos y ventajas
inherentes a la propiedad.
ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
RECONOCIMIENTO INICIAL Y
MEDICIÓN
Una arrendador reconocerá en su estado de
situación financiera los activos que
mantengan en arrendamiento financiero y los
presentarán como una partida por cobrar,
por un importe igual de la inversión neta en
el arrendamiento.
ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
Un arrendador presentará en su estado
de situación financiera los activos
sujetos a arrendamiento operativos de
acuerdo con la naturaleza del activo.
INFORMACIÓN A REVELAR PARA
ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
Los ingresos financieros no ganados, el importe
de los valores residuales no garantizados
acumulables a favor del arrendador y las cuotas
contingentes reconocidas como ingresos en el
periodo.
INFORMACIÓN A REVELAR PARA
ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS
Los pagos futuros mínimos del
arrendamiento en arrendamientos
operativos no cancelables y las cuotas
contingentes totales reconocidas como
ingresos.