DE LA INFRAESTRUCTURA Y LOS SERVICIOS(REGLAMENTO OPAMSS)
Descripción
Trata sobre la parte quinta del reglamento OPAMSS, De la infraestructura y los servicios, detalla su mayoria de articulos y las fichas adjuntas muestran los cuadros que estan adjuntos en el reglamento
En el fraccionamiento urbano se tendrá lo que es el tratamiento adecuado para los servicios básicos
necesarios o las obras de protección
También en los asentamientos de interés social y los de desarrollo progresivo la infraestructura de
estos servicios podrá ser desarrollada por etapas
Si no se cuenta con espacio de tuberías para aguas negras los lotes deberán tener área de 200
metros cuadrados minimo
obras de urbanización en otras vías
1 si el acceso vehicular a la parcelación es de tierra y de 50m de distancia, en cuyo caso para
urbanización u1 se exigirá revestimiento A(RCA) y para la U2 el B(RCB)
2 igual que en el número 1, pero con distancia mayor a 50m, su revestimiento será analizado por la
OPAMSS
pozos de visita para agua lluvia
Estos posos pueden ser de ladrillo de barro repellado o de piedra si su altura no es mayor a 6
metros, la separación entre cada paso será máxima de 100 metros y sus tapaderas serán de hierro
fundido
En caso de que la altura sea mayor a 6 o la caída mayor a 3 metros se deberá presentar el refuerzo
respectivo
tragantes
En vías de circulación menor serán de ladrillo de barro, en via vehicular serán de hierro fundido
únicamente y en via peatonal de concreto armado o de hierro fundido, la distancia máxima entre
estos será de 100 metros
agua potable y aguas negras
El urbanizador deberá proveer la parcelación necesaria para el abastecimiento y drenaje de estos
servicios, este será determinado por ANDA de acuerdo a sus características
Estos sistemas deben construirse mediante las Normas Técnicas para el diseño y construcción de
acueductos y alcantarillados sanitarios emitidos por ANDA
energía eléctrica
Los diseños de red primaria y secundaria se guiaran por lo establecido por las Normas y Reglamentos
Técnicos emitidos por las Compañías Distribuidoras de Servicio Eléctrico correspondientes al área y la
dirección de energía, minas e hidrocarburos
alumbrado público
Toda parcelación tiene que contar con servicio de iluminación, ubicando una luminaria cada máximo
de 50metros, su iluminación depende del tipo de via y será a máximo de 2 metros (ficha adjunta)