Las personas con deficiencias
deben recibir las atenciones que
necesiten a través de los servicios
ordinarios y propios de la comunidad
educativa, y solamente cuando las
circunstancias especiales lo impongan o
lo aconsejen este alumnado deberá ser
recibido por instituciones especiales
específicas.
Nota:
*las formas de tratamiento personal
*la apariencia física
*ámbito de trabajo
*condiciones de vida
*tiempo de ocio
*disfrute de los servicios comunitarios
Principio de Integración
El derecho de todo niño a ser escolarizado
independientemente de sus características
personales o de sus dificultades de
aprendizaje.
Principio de Individualización:
Se partirá de las características y
peculiaridades de los sujetos con el
fin de lograr el máximo desarrollo
posible de sus capacidades. A este
principio le importa más el concepto
“sujeto” que el adjetivo “diferente”
Principio de Sectorización
El sujeto con necesidades educativas
especiales utilice las instituciones y
servicios de su sector comunitario con
intervención de pluralidad de
funciones y profesionales.