derecho de propiedad: facultad que
tienen las personas de gozar, usar y
disponer de un bien con las limitaciones
y modalidades que fijan las leyes.
bienes: muebles inmuebles, fungibles,
no fungibles, poder publico, propiedad
de particulares, sin dueño, tangibles,
intangibles
obligaciones civil: es aquella
relación jurídica en virtud de la cual
una parte debe observar una
conducta que puede consistir en dar,
hacer o no hacer, en interés de otra
parte
derecho mercantil: regula el conjunto de
normas relativas a los comerciantes en el
ejercicio de su profesión, a los actos de
comercio legalmente calificados como
tales y a las relaciones jurídicas derivadas
de la realización de estos.
contrato de arrendamiento:
es un contrato por el cual
una de las partes, llamada
arrendador, se obliga a
transferir temporalmente el
uso y goce de un bien
mueble o inmueble a otra
parte denominada
arrendatario, quien a su vez
se obliga a pagar por ese uso
o goce un precio cierto y
determinado.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.