FLUJO DE RECURSOS SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
OBJETO DE RECURSO
RIESGOS
PROFESIONALES
Nota:
Financiar la realización de actividades de
promoción y prevención dentro de los programas de Atención Primaria en Salud.
REGIMEN
CONTRIBUTIVO
Nota:
Los
recursos para financiar el plan de beneficios provienen básicamente de fuentes
parafiscales que aportan al sistema tanto empleados como empleadores. Dichos
recursos pertenecen al Fosyga y los recaudan las EPS por delegación.
NO POS
CONTRIBUTIVO
REGIMEN
SUBSIDIADO
Nota:
-conjunto
de servicios de salud
-personas pobres y de escaso recursos
- las personas que reciban menos de dos salarios mínimos
-encuesta SISBEN
ATENCIÓN DE EVENTOS
CATASTROFICOS
Nota:
´Evento catastrófico. Se considera como evento catastrófico
todos aquellos eventos de origen natural o provocados por el hombre en forma
accidental o voluntaria
SALUD
PUBLICA
Nota:
encargada de la protección de la salud a nivel poblacional. Tiene
como objetivo mejorar la salud de la población, así como el control y la
erradicación de las enfermedades
NO POS
SUBSIDIADO
Nota:
´FINANCIAMIENTO: Sin cobertura en el pos a los afiliados
al r.s por entidades territoriales con cargo al sistema
general de participaciones
ATENCIÓN POBLACIÓN NO
ASEGURADA
Nota:
Personas que no tiene ninguna EPS es importante anotar que la
población de niveles 1 y 2 debe hacer uso del derecho de libre elección y
afiliarse a una Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado.
GESTORES
FOSYGA
MUNICIPIOS O
DISTRITOS
DEPARTAMENTOS
FUENTES
COTIZACIONES
Nota:
La
cotización al Régimen Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de
enero del año 2007, del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual
no podrá ser inferior al salario mínimo. La cotización a cargo del empleador
será del 8.5% y a cargo del empleado del 4%. Uno punto cinco (1,5) de la
cotización serán trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga
PRESUPUESTO
GENERAL
Nota:
Recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) “que a partir del monto asignado para el año 2010, se requieran de manera progresiva para la universalización de la cobertura y la unificación de los planes de beneficios, una vez aplicadas las demás fuentes que financian el régimen subsidiado
RECURSOS PROPIOS DE
MUNICIPIOS
Nota:
De
las rentas cedidas destinadas a salud de los departamentos y el Distrito Capital, se destinará por lo menos el 50% a la financiación del régimen subsidiado15, recursos que se contabilizarán como esfuerzo propio territorial
SISTEMA GENERAL DE
PARTICIPACIONES
Nota:
Los
recursos de financiación del Plan de Desarrollo del Municipio de El Contadero
para la vigencia 2008 - 2011 son los del Sistema General de Participación
(SGP), los convenios, las cofinanciaciones y recursos de crédito, que pueden
ser del orden nacional, departamental o proveniente de ONG’s
RENTAS CEDIDAS
Nota:
Los departamentos, distritos y municipios
podrán girar a su cuenta, en el sistema de pagos establecido por la Nación o a
las Entidades Promotoras de Salud, los recursos que cofinancian el Régimen
Subsidiado de Salud con recursos correspondientes al esfuerzo propio territorial
y las rentas cedidas, los cuales serán girados a las Entidades Promotoras de
Salud para afiliar aquellas personas que no han sido cubiertas con los recursos
administrados por el sistema de pagos contratado por la Nación y/o a los
prestadores de servidos de salud por pago de servicios que hayan sido captados.
REGALIAS
Nota:
Los recursos de regalías serán transferidas
directamente por la Nación a través del mecanismo de giro directo establecido
en la presente Ley.
BENEFICIARIO DEL RECURSO
ARP
Nota:
Es una entidad legalmente constituida, encargada de realizar la Administración de los Riesgos Profesionales de toda aquella empresa que utilice sus servicios.
EPS RC
Nota:
son las empresas que
por lo general prestan sus servicios a personas que tienen una vinculación
laboral, es decir, con capacidad de pago
EPS RS
Nota:
la población más pobre del país, sin capacidad
de pago, tiene acceso a los servicios de salud
AFILIADO
Nota:
La persona (cotizante o familiar beneficiario) que tiene derecho a la cobertura de riesgos en salud.
IPS
Nota:
Se conoce como instituto prestador de salud, , todas las instituciones en Colombia que
prestan los servicios médicos de consulta, hospitalarios y clínicos, y de
cuidados intensivos.
BIBLIOGRAFIA
Nota:
LEY 1438 DE 2011 ( TÍTULO V FINANCIAMIENTO http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355)
Resolución 1479 de 2015 http://www.supersalud.gov.co/supersalud/Default.aspx?tabid=440www.metrosalud.gov.co/inter/joomla/index.php/glosario