LINEAS GENERALES DE LA CERTIFICACIÓN DE LA OACI E IATA
CATEGORIZACIÓN FAA
Nota:
Es una revisión pormenorizada que determina si el Estado solicitante cumple con las normas y métodos recomendada por la OACI.
FUNCIONES
Nota:
concesión, suspensión o revocación de los certificados pilotos, investigación y desarrollo del sistema Nacional del espacio aéreo,
HISTORIA
Nota:
Fundada en los EE.UU en el año 1926, para administrar el trafico aéreo civil.
PAÍSES REGULADO POR LA FAA
Nota:
Regula a los EE.UU, pero países toman como referencia su fundamento.
FUNCIONES DE LA TSA
Nota:
Gestiona el sistema de seguridad, en los aeropuertos, metros y ferrocarriles norteamericanos.
FUNCIONES
Nota:
Fortalecer la seguridad en los sistemas de transporte en los EE.UU.
Asegurar la lbre circulacion de personas y del comercio.
GERENTE DE SEGURIDAD AÉREA
OBJETIVO DE SU TRABAJO
Nota:
Proporcionar la gestión de las funciones de seguridad operativa de una compañía aérea y asegurar con el cumplimiento de las normas actuales.
DEBERES Y FUNCIONES
Nota:
Supervisar continuamente el estado de seguridad de los aeropuertos. Analizar los informes de seguridad para garantizar que se cumplen todos los requisitos. Notificar a la TSA todos los cambios que enfrenten en tu aeropuerto.
CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES
Nota:
Conocimiento detallado de la seguridad pública en el entorno de un aeropuerto. Tener una sensibilidad aguda ante de un problema y ser conscientes de los posibles problemas que puedan ocurrir.
ACCIDENTES DE LAS AERONAVES
CARACTERES DE LA SEGURIDAD AÉREA
Nota:
Establecer normas que tienen por objeto proteger el bien jurídico que constituye la seguridad aérea.
PREVENCIÓN Y REPRESIÓN
Nota:
conjunto de reglas que, bien de carácter preventivo, bien de carácter represivo, tutelan este bien jurídico.
INSPECCIÓN AERONÁUTICA
Nota:
Art. 16 del convenio sobre la aviación civil internacional dispone " establece la posibilidad de inspeccionar aeronaves de otros estados.
CONSECUENCIA DE LA INSPECCIÓN
Nota:
ART. 30 de la Ley de Seguridad aérea facultad del Director da la aviación civil para adoptar de oficio, bien como consecuencia de una renuncia o bien como propuesta motivada.
PROHIBICIONES DE VUELO
Nota:
Puede llevar consigo la prohibiciones de realizar determinados tráficos hacia o desde terminados Estados.
OBLIGACIONES DE SEGURIDAD
Nota:
Conjunto de aquello requerimiento y pautas de comportamiento que devienen necesarios y esenciales para la mejora de la seguridad aérea.