Proteger los diferentes datos
personales que existen dentro de los
registros Publicos o privados (Art N°1) .
Las acciones en las cuales se aplicaran los
elementos que constituyen esta ley son ,
entre otras : Almacenamiento de datos ,
Comunicacion o transmision de datos ,
datos estadisticos, datos de caracter
personal, datos sensibles, modificacion y
eliminacion de datos , entre otras.
Todos pueden efectuar el tratamiento
de datos personales siempre y cuando
respen las normas y finalidades
juridicas permitidas por el
ordenamiento estatal.
La información recolectada a través de cualquier medio,
deberá ser informada al titular obligatoriamente,
además de conocer el propósito por el cual se está
solicitando la información.
VI TITULOS
Utilizacion de datos Personales (
Titulo N°1)
DEBE CONSIDERAR
Tratamiento de datos puede darse cuando las
autoridades lo autorizan , o bien el titular sea
consciente del propósito de almacenamiento de
sus datos y posible comunicación al público.
Responsable de banco de datos debera dejar
constancia de : LA INDIVIDUALIZACION DEL
REQUIRENTE , EL MOTIVO Y PROPÓSITO Y EL TIPO
DE DATOS QUE SE TRANSMITEN.
Los datos personales deben utilizarse sólo para los
fines para los cuales hubieren sido recolectados. La
información debe ser exacta, actualizada y
responder con veracidad a la situación real del
titular de los datos
Derechos del Titular (Titulo N°2)
TODOS TIENEN
DERECHO A EXIGIR
A quien sea responsable de un banco de
información sobre los datos relativos a su
persona; Su procedencia y destinatario, el
propósito del almacenamiento y la
individualización
Que se eliminen. entegando voluntariamente sus
datos personales o ellos se usen para
comunicaciones comerciales y no desee
continuar figurando en el registro respectivo.
Si el que utiliza el banco de informacion no acepta la
solicitud del titular ( + de dos dias ) se tendra derecho a
recurrir a un juez de letras en lo civil del domicilio
responsable
Reglas y deberes para ejecutar la denuncia : Hechos que
validen la infracción, Sentencia sera apelable para ambos
sujetos , en caso de organismos publico se apelara
directamente en Corte Suprema.
Utilizacion de Datos relativos al
Sector Economico, financiero y
bancario. ( Titulo N°3)
SOLO PODRAN INFORMAR
Obligaciones de carácter económico,
bancario o comercial
Entidades no podran publicar info referida
a protestos y morosos , siempre y cuando,
aquella se halla adquirido en periodo de
cesantía que afecte al deudor.
Responsables de los registros o bancos de
datos personales que comuniquen
información sobre las obligaciones a que se
refiere el artículo 17 de la ley Nº 19.628
eliminarán todos los datos relacionados con
créditos concedidos por el Instituto Nacional
de Desarrollo Agropecuario a sus usuarios
Después de cinco años, no
pueden comunicarse los datos
referentes al artículo anterior de
una persona identificada.
Del tratamiento de datos
por los organismos públicos.
( Ttiulo N°4)
SOLO PODRÁ
Efectuarse respecto de las materias de su
competencia y sujetar a las reglas precedentes. En
esas condiciones, no necesitará el consentimiento
del titular.
datos personales relativos a condenas por delitos,
infracciones administrativas o faltas disciplinarias,
no podrán comunicarse una vez prescrita la acción
penal o administrativa
El Servicio de Registro Civil e Identificación llevará un
registro de los bancos de datos personales a cargo de
organismos públicos.Este registro consta de :
fundamento jurídico de su existencia, su finalidad,
tipos de datos almacenados y descripción del universo
de personas que comprende,
Lazos con articulo N°127 Codigo
Sanitaio (Título Final )
LAZOS CON CODÍGO 127 , EXIGIRÁ
Las recetas médicas y análisis o exámenes de
laboratorios clínicos y servicios relacionados con la salud
son reservados. Sólo podrá revelarse su contenido o
darse copia de ellos con el consentimiento expreso del
paciente, otorgado por escrito
Excepcion en farmacias : Lo dispuesto en este artículo no
obsta para que las farmacias puedan dar a conocer, para
fines estadísticos, las ventas de productos farmacéuticos de
cualquier naturaleza, incluyendo la denominación y cantidad
de ellos.
De la responsabilidad por las
infracciones a esta ley . ( Titulo N°5)
PERSONA U ORGANISMO DEBERÁ
Indemnizar al titular por daño moral causado por el
uso incorrecto de datos . Acto seguido, podrá
interponerse con la reclamación destinada a
establecer la infracción
El juez tomará todas las providencias que estime
convenientes para hacer efectiva la protección de
los derechos que esta ley establece.
Personal al servicio de la entidad local I: La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Régimen de incompatibilidades.