La Constitución de 2008 forma parte del nuevo
constitucionalismo latinoamericano que
se inicia con las Constituciones de Colombia,
Venezuela y Bolivia, y que surge como respuesta
a la necesidad de garantizar los derechos
de las personas frente a poderes públicos
o privados que en la época contemporánea se
han vuelto homogeneizadores y que responden
a una lógica liberal-burguesa de poder.
De este modo, el nuevo constitucionalismo
latinoamericano apunta a cimentar las bases
de lo que Ferrajoli denomina democracia sustancial,
basada en la garantía de los derechos
fundamentales, en contraposición a la noción
de democracia formal que centra su preocupación
en la protección de derechos de carácter
patrimonial (Ferrajoli, 2001: 35).
En ese contexto, la Constitución de Montecristi,
a través del establecimiento de nuevos
principios, la garantía de nuevos derechos
para la ciudadanía, la configuración de una
nueva estructura estatal y el establecimiento
de un nuevo modelo de desarrollo, constituye
una alternativa a esa visión individualista,
excluyente, que nos arrebató las nociones de
interés público y de acción colectiva.
5 ejes 12 objetivos más de 100 metas
Nota:
Dentro de los aspectos esenciales que configuran
este nuevo pacto social ecuatoriano, se
pueden identificar cinco ejes fundamentales:
a) la instauración de un Estado constitucional
de derechos y justicia; b) una profunda transformación
institucional; c) la configuración
de un sistema económico social y solidario;
d) la estructuración de una organización territorial
que procura eliminar las asimetrías
locales; y e) la recuperación de la noción de
soberanía popular, económica, territorial, alimentaria,
energética, y en las relaciones internacionales.
la Constitución establece un sistema económico caracterizado por considerar al ser humano como sujeto y fin,
que propende a las relaciones armónicas entre sociedad, Estado, mercado y naturaleza.
Nota:
El mercado
pierde el protagonismo del sistema económico.
La Constitución del 2008 reafirma la preponderancia
del ser humano sobre el capital a través del
establecimiento de un sistema económico social
y solidario.
Planificación descentralizada
y participativa
Nota:
De manera paralela a la formulación de las políticas
nacionales, se elaboraron dos instrumentos
que forman parte integral y que proveen criterios
claros para la implementación de estas políticas
en el territorio: la Estrategia Territorial Nacional y
las agendas zonales.
La Estrategia Territorial Nacional es un instrumento
de ordenamiento territorial con carácter
nacional, que contiene lineamientos para el
corto, mediano y largo plazo. Establece criterios,
directrices y guías de actuación sobre el
ordenamiento físico del territorio y sus recursos
naturales, sus grandes infraestructuras, el desarrollo
espacial, las actividades económicas, los
grandes equipamientos, la protección y la conservación
del patrimonio natural y cultural. De
este modo, el Plan considera de forma sistémica
e integral al territorio.
Las agendas zonales son instrumentos para la
coordinación de la acción pública en el territorio.
Presentan una aproximación a cada uno de
los territorios de la Estrategia Territorial Nacional
y, a la vez, proveen lineamientos para la territorialización
de la acción pública en función de las
prioridades nacionales definidas por este Plan.
Ciudadanía activa La
participación en el marco de
la planificación
Nota:
La Revolución
Ciudadana es parte de un proceso continental
–no solo nacional– que busca cambios fundamentales
de estructura. Por eso se convierten
en cambios societales, independientemente
del signo ideológico con el que cada uno legítimamente
comulgue.
Recuperar el Estado y su rol planificador, rector,
gestor, distribuidor y redistribuidor fue
también vital para garantizar y abrir espacio a
la participación de las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades “en la formulación,
la ejecución, la evaluación y el control de las
políticas públicas y servicios públicos” (art.
70). Así, la participación ciudadana cobró espacio
y vigor en el andamiaje constitucional y
normativo: la Constitución del 2008, la Ley Orgánica
de Participación Ciudadana (2010), el
Código de la Democracia (2009), la Ley Orgánica
del Consejo de Participación Ciudadana
y Control Social (2010), el Código Orgánico de
Ordenamiento Territorial, Autonomías y Descentralización
(COOTAD, 2010), y el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas
(COPFP, 2010).