"El derecho del trabajo se origina en la necesidad de
“protección social de aquellas personas que se encuentran en una relación de
trabajo independiente, es decir, las que prestan su actividad en beneficio de
otra en condiciones de subordinación, recibiendo en cambio de esa prestación
una remuneración.
ELEMENTOS DEL
CONTRATO DE TRABAJO
“CONTRATO
REALIDAD”
Nota:
DEBEN EXISTIR TRES ELEMENTOS NECESARIOS PARA DETERMINAR UNA RELACION DE ORDEN LABORAL.
PRESTACION PERSONA DE
SERVICIOS
Nota:
ACTIVIDAD REALIZADA POR EL TRABAJADOR
SUBORDINACIÓN O DEPENDENCIA
Nota:
CUMPLIMIENTO DE ORDENES, MODO
TIEMPO
LUGAR CANTIDAD TRABAJO
REGLAMENTO
SALARIO O REMUNERACION
Nota:
CONTRAPRESTACIÓN QUE EL EMPLEADO DA EN DINERO O EN ESPECIE
AL TRABAJADOR POR SU TRABAJO.
CONTRATO DE
TRABAJO
Nota:
SURGE DEL ACUERDO LIBRE Y VOLUNTARIO ENTRE LAS PARTES Y SE PERFECCIONA
A TRAVÉS DE LA MANIFESTACIÓN DE SU CONSENTIMIENTO, PARA QUE PRODUZCA LOS
EFECTOS SEÑALADOS POR LA LEY LABORAL.
CLASES DE
CONTRATO
VERBALES
Nota:
SEÑALAR:
- CLASE DE TRABAJO A EJECUTAR
- SITIO O LUGAR DE SU EJECUCIÓN
- SALARIO O REMUNERACIÓN
- PLAZO DEBE CONSTAR SIEMPRE POR ESCRITO
ESCRITOS
Nota:
DEBE CONTENER LA INDICACIÓN DE LAS PARTES:
Ø SU DOMICILIO
Ø LUGAR Y LA FECHA DE LA CELEBRACIÓN
Ø LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
Ø NATURALEZA DEL TRABAJO
Ø CUANTÍA DE LA REMUNERACIÓN
Ø FORMA Y PERÍODOS DE PAGO
Ø VALOR DE LA ESPECIE
Ø DURACIÓN
Ø TERMINACIÓN
TÉRMINO INDEFINIDO
Nota:
- ESTABLE Y PERMANENTE
- NO SEÑALA TÉRMINO FIJO DE DURACIÓN
- VIGENCIA MIENTRAS SUBSISTAN LAS CAUSAS QUE LE DIERON ORIGEN Y LA MATERIA DEL TRABAJO
TÉRMINO FIJO
Nota:
- DURACIÓN, DETERMINADA EN EL
CONTRATO Y SU DURACIÓN INICIAL NO PUEDE SER SUPERIOR A TRES (3) AÑOS.
- RENOVABLE INDEFINIDAMENTE ANUALMENTE.
- PRÓRROGA, DE FORMA AUTOMÁTICA
- NO PRORROGA, CON ANTELACIÓN NO INFERIOR A TREINTA (30) DÍAS A LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.
- CELEBRA POR UNA DURACIÓN INFERIOR A UN (1) AÑO, ÚNICAMENTE PUEDE PRORROGARSE POR TRES PERÍODOS IGUALES O INFERIORES.
LABOR CONTRATADA
Nota:
- PLAZO, SE CONDICIONA AL TÉRMINO DE LA OBRA, POR ESCRITO
- NO CABEN PRÓRROGAS
OCASIONAL, ACCIDENTAL O TRANSITORIO
Nota:
SE REFIERE A LABORES DISTINTAS DE LAS
ACTIVIDADES NORMALES DEL EMPLEADOR.
- CORTA DURACIÓN
- NO MAYOR DE UN MES
- PAGAR LAS PRESTACIONES LEGALES PROPORCIONALES AL TIEMPO TRABAJADO. - EL EMPLEADOR DEBE AFILIAR AL TRABAJADOR OCASIONAL A LOS SISTEMAS DE PENSIONES, SALUD Y RIESGOS PROFESIONALES.
HISTORIA
Nota:
Después de las etapas históricas como el esclavismo,
la servidumbre y corporativismo, libertad de trabajo y la contratación laboral
intervenida; los trabajadores iniciaron la lucha para la conquista de sus
derechos y mejora de condiciones laborales.
PRINCIPIOS MINIMOS PARA EL RABAJADOR:
- Jornadas laborales
- Salarios
- Previsión social, entre otros Busca encontrar fórmulasequitativas entre trabajadores y empleadores; incluso nuestro país se acoge a estos principios.