el código y algunas leyes prevén que se notifique al interesado la decicion que se ha tomado sobre un pedido que ha hecho
en papel cuando se acompañan copias
Nota:
en papel, cuando se acompañan copias
se realiza en el domicilio, a través de un oficial notificados, en soporte papel.
se entrega o se fija en la puerte
el funcionario crea la actuación en el sistema, la imprime y se la entrega a la oficina de notificadores. el notificador la entrega al abogado o la parte.
notificación electrónica, por correo.
el funcionario crea la actuación en el sistema y la firma digitalmemte, las que están firmadas pasan al menú para notificar y la actuación seleccionada se envía por mail al abogado.
EN EL FUERO CIVIL la notificación tiene requisitos formales, los abogados deben gestionar la firma digital para recibir la notificación electrónica.
en EL FUERO PENAL se notifica electrónica mente pero no hay formalidades. no se requiere firma digital.
la ACCIÓN Y EFECTO de notificar una resolución o dar una noticia.
Nota:
también se utiliza para designar el DOCUMENTO en el que consta la resolución.
es una COMUNICACIÓN O AVISO.
NOTIFICACIÓN JUDICIAL: es el acto de comunicación de un juzgado o tribunal.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.