Siglo V y VI a.c: • Nacen las nuevas
formas de prestaciones de servicios por
la insuficiencia en la mano de obra por
los esclavos • Roma experimento un
crecimiento el cual necesito de
esclavos liberados y hombres pobres
para “la renta de prestación de
servicios.
Siglo XVIII Y XIX: 1. Revolución francesa:
• El mercado deja de ser un artesano
que se dedica al transporte • El
derecho de las corporaciones
artesanas cusumbe el imperialismo
• Separación del productor de los
medios de producción • La
organización del trabajo se divide y
jerarquiza, perdiendo los trabajados el
control del proceso productivo que
mantenía. 2. El liberalismo y
capitalismo : • Las leyes naturales del
mercado debían regular las relaciones
entre los individuos • Propicio un orden
económico y social injusto, que
significo el predominio absoluto de la
posición empresarial frente a la clase
trabajadora: - Bajos salarios - largas
jornadas de trabajo - precarias
condiciones de seguridad e higiene
- alta mortandad de mano de obra, en
especial entre las mujeres y los niños
3. Derechos del trabajador -Regulo el
trabajo asalariado -Ruptura de
principios judíos no tradicionales -
Busca un equilibrio entre trabajador y
empresario, protegen a la parte más
débi
Siglo XIX y XX 1. EVOLUCIÓN
DEL DERECHO DEL TRABAJO:
La prohibición - Primeros sindicatos como
organizaciones de trabajadores - empezaba a
consolidar su propia legitimidad sobre la base de la
soberanía o monopolización del poder - mantener el
orden público para evitar cualquier interferencia en el
desenvolvimiento de las fuerzas del mercado - El Estado
paso por encima de su propia ideología al reprimir a las
organizaciones colectivas de trabajadores
La tolerancia -La represión sindical cesó y se suprimieron las sanciones
que pesaban sobre los sindicatos - La llamada intervención científica en
las relaciones laborales, la cual se plasmó en la elaboración de informes
elaborados por connotados sociólogos que daban cuenta de los
problemas laborales
El reconocimiento - El Estado empezó a intervenir decididamente en las
relaciones laborales, reconociendo un conjunto de derechos laborales. - la
jornada mínima - Goce del salario - prevención y reacción frente accidentes de
trabajo - se enfocaba al conflicto de intereses entre empleadores y
trabajadores - en Alemania en pleno siglo XX el régimen nazi suprimió los
sindicatos alemanes
2. CONSTITUCIONALIZACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN del
derecho laboral La constitucionalizarían de los derechos
laborales: - La constitución de Querétaro México (1917) y la de
Weimar Alemania(1919) son consideradas como las más
pioneras que contemplaron los derechos sociales - los derechos
laborales ocupan un lugar principal en el catálogo de los nuevos
derechos sociales, pudiendo hablarse, de una
constitucionalizacion del Derecho del Trabajo e, incluso, de un
Derecho Constitucional del Trabajo. - La alta valoración de los
intereses tutelados por el Derecho del Trabajo - Intangibilidad
por las normas legislativas - Consideración de ciertos derechos
laborales como derechos fundamentales
Internacionalización del Derecho del Trabajo - en 1919, se ha constituido
como el principal órgano productor de la normativa internacional del
trabajo - sus principales órganos son Representantes de los gobiernos
de los Estados - miembros - los representantes de los trabajadores de
cada Estado
1970 crisis del petróleo lo cual genero un gran
cuestionamiento al derecho del trabajador como un
elemento que atentaba contra la economía Sus hechos
contemporáneos fueron, el triunfo neoliberalita,
transformación del trabajo, innovaciones inútiles,
1998 se generó la Declaración de la OIT
relativa a los principios y derechos
fundamentales en el trabajo y su seguimiento