Consulta Popular

Descripción

Mapa Mental sobre Consulta Popular, creado por wiliamjul julio el 19/11/2016.
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Mapa Mental por wiliamjul julio, actualizado hace más de 1 año
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Creado por wiliamjul julio hace alrededor de 8 años
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Resumen del Recurso

Consulta Popular
  1. Es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para que decida acerca de algún tema de vital importancia para la ciudadanía, que puede ser nacional, departamental, municipal, distrital o local.
    1. Sólo el Presidente de la República puede convocar una consulta para tratar un tema de carácter nacional. De acuerdo con el Artículo 50 de la Ley 134 de 1994,
      1. Las preguntas que se formulen deben estar redactadas y presentarse de forma clara a los ciudadanos
        1. presentará al Senado, el texto que se someterá a la decisión del pueblo, acompañado de una justificación de la consulta y de un informe sobre la fecha de su realización, para que, dentro de los veinte días siguientes, emita concepto favorable
          1. En la consulta popular de carácter departamental, municipal o local el mandatario solicitará a la Asamblea Departamental, al Concejo Municipal o a la Junta Administradora Local, un concepto sobre la conveniencia de la consulta popular, en los mismos términos y con los mismos requisitos de la consulta nacional.
            1. La decisión del pueblo será de obligatorio cumplimiento. De acuerdo con el Artículo 55 de la Ley 134 de 1994, “Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral
              1. Cuando el pueblo haya adoptado una decisión obligatoria, el órgano correspondiente deberá adoptar las medidas para hacerla efectiva. De acuerdo con la Ley 134 de 1994, “Cuando para ello se requiera una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, la corporación respectiva deberá expedirla dentro del mismo período de sesiones y a más tardar en el período siguiente.
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