TRÁMITE ANTE LA CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS
Se debe hacer seguimiento al envío del Informe de Fondo del Art. 50, que la Comisión debe
realizar dentro de los 3 meses posteriores a su expedición, con el propósito de evitar la
caducidad.
ESTRATEGIA 1
Se debe contemplar la posibilidad de modificar las pretensiones, para agregar o suprimir la pretensión de
una revisión de convencionalidad de los Acuerdos de Paz.
Ventaja: Si se incluye como pretensión la declaración de nulidad de los Acuerdo, se
sacrifica un interés secundario por posibilidad de ejercer presión al Estado para una
amigable solución y
Desventaja: Si se excluye la pretensión de declaración de nulidad, el Estado no se
vera fuertemente motivado a negociar o conciliar.
Defensa ante la posible solicitud de un control de legalidad del informe de admisibilidad de la Comisión.
Insistir en un método alternativo de solución de conflictos con el Estado.
Método de presión: Se acude a los medios de información nacionales e internacionales, para difundir la posibilidad de la nulidad
de los Acuerdos y de la decisión de la Comisión de pasar el caso a la Corte, por considerar que no se vulneraron derechos
humanos reconocidos internacionalmente.
Estrategia 2
Negarse a realizar una solución amigable.
Ventaja: Buscar que la Corte profiera fallo de fondo. Díficilmente, estas decisiones han ido en contra de los intereses de los peticionarios. La
Corte puede proferir sentencia al considerar su importancia o la falta de satisfacción total de las pretenciones de la víctima.
Desventaja: No se genera precedente. Aun cuando hay conciliación entre
las partes la Corte puede fallar anulando los Acuerdos.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.