conjunto de normas jurídicas y principios del
derecho que regulan las relaciones personales o
patrimoniales
regula el inicio y fin de la existencia
de las personas naturales, la
capacidad jurídica, los atributos de
la personalidad
Regula
El derecho de la familia
las consecuencias jurídicas de las relaciones de familia, provenientes del
matrimonio y del parentesco.
El derecho de las cosas o bienes
lo que se conoce como
derechos reales y, en
general, las relaciones
jurídicas de los individuos
con los objetos o cosas,
tales como la propiedad, los
modos de adquirirla, la
posesión y la mera
tenencia.
El derecho de
sucesiones o
sucesorio
las consecuencias jurídicas que
vienen determinadas por el
fallecimiento de una persona
física en lo relativo a la
transferencia de sus bienes y
derechos a terceros.
Caracteristicas
El derecho civil suele constituir el
derecho privado, común y general de
los países.
El derecho civil ha sido desde la época del
derecho romano el conjunto de normas que
constituyen el derecho privado, entendiendo
por tal a aquel que regula las relaciones entre
las personas.
Derecho civil como derecho general
el derecho civil contiene normas que regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables
a todos los individuos, independientemente de factores como nacionalidad, profesión,
religión, etc. Se aplica a todos los que se hallan en la misma situación jurídica.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.