REGISTRO CIVIL

Descripción

Actas del registro civil
Jaime Velázquez
Mapa Mental por Jaime Velázquez, actualizado hace más de 1 año
Jaime Velázquez
Creado por Jaime Velázquez hace más de 10 años
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Resumen del Recurso

REGISTRO CIVIL
  1. Generalidades
    1. Institución pca e interés social

      Nota:

      • inscribe, registra, autoriza, certifica, da publicidad y solemnidad a los actos y hechos relativos al edo. civil de las personas. expide actas inscribe las resoluciones que la ley autoriza
      1. las actas se asientan con formalidades del reglamento

        Nota:

        • de no observarse la formalidad, serán nulas
        1. vicios o defectos no sustanciales
          1. el edo. civil sólo se prueba con el acta respectiva

            Nota:

            • Salvo los casos expresamente marcados por la ley 
            1. Mandato especial, si la ley lo permite
              1. Toda persona puede pedir testimonio de las actas y apéndice

                Nota:

                • Excepto en los casos prohibidos por la ley. Ejem adopción (3.24 CC)
    2. ACTAS
      1. Nacimiento
        1. Presentando a la persona al oficial
          1. Declarar nacimiento dentro del 1er año de ocurrido
            1. Contenido acta

              Nota:

              • Asistencia de dos testigos, fecha, hora, lugar de nacimiento, sexo, nombre, apellidos, si se presenta vivo o muerto y al margen la impresión digital del presentado
              1. Dentro de matrimonio
                1. Fuera de matrimonio

                  Nota:

                  • Para que se haga constar el nombre, domicilio y nacionalidad del padre se requiere es necesario que lo pida por sí o por mandatario especial
                  1. Expositos

                    Nota:

                    • El SDIF del Edo deberá solicitar cuando proceda el registro de nacimiento para los menores sujetos a su tutela y para los que se ha reclamado la reserva para nacimiento
            2. Reconocimiento
              1. Al presentarlo para su registro
                1. Después de registrado su nacimiento
                  1. se forma acta separada

                    Nota:

                    • 1.-Si es mayor de edad, se tiene que expresar su consentimiento 2. Mayor de 14 se expresará su consentimiento, el de su representante legal o de la persona o institución que lo tuviere a su cargo 3. si es menor de 14 s expresará sólo el consentimiento de su representante legal  o de la persona o institución que lo tuviere a su cargo 
                    1. Si reconoce por otro medio, se presenta original o copia certificada del docto, insertando en el acta la parte relativa
                      1. la omisión del registro no quita los efectos legales del reconocimiento
                2. Adopción
                  1. 15 días para presentar resolución
                    1. se asentará como de nacimiento
                      1. el acta de nac. ant. queda reservada
                        1. La falta de registro no priva de sus efectos
                  2. Matrimonio
                    1. Contenido

                      Nota:

                      • 1.Nombre, edad, ocupación, domicilio, lugar de nacimiento de los contrayentes 2. si son mayores o menores 3. Nombre, domicilio y nacionalidad de los padres 4. consentimiento de quienes deban suplirlo 5. que no hay impedimento o su dispensa 6. voluntad de los contrayentes y la de haber quedado unidos que hace el oficial nombre de la ley y la sociedad 7. régimen 8. generales de los testigos, si son parientes y el grado y línea 9. firma del oficial, de los contrayentes y demás que intervinieron o huella digital
                      1. Acreditar la emancipación
                    2. Defunción
                      1. contenido

                        Nota:

                        • 1. Nombre, edad, ocupación, edo civil y domicilio del difunto 2.- Nombre, edad y domicilio, del cónyuge supérstite 3. Nombre de los padres del difunto 4. Nombre, edad, ocupación y domicilio de los testigos, si son parientes, el grado 5. Causa de muerte 6. Destino del cadáver 7. Fecha, hora y lugar de muerte y los informes que se tenga si es muerte violenta 8. Nombre, cédula y domicilio de médico que certifica 9. Nombre, edad y domicilio del declarante  
                        1. Si el oficial presume muerte violeta, denuncia al MP y viceversa para asentar acta
                          1. Cuando se ignore la identidad

                            Nota:

                            • se asientan las señas, ropas y objetos y lo que conduzca a su identificación. si el MP tiene datos supervenientes lo hace saber al ORC para su anotación marginal 
                            1. De quien no aparece cadáver

                              Nota:

                              • El ORC podrá asentar el acta previa resolución judicial con los datos que se desprendan de la misma
                              1. Sólo con autorización escrita del ORC se hará la inhumación o cremación
                                1. Inhumación dentro de 48 hrs
                    3. RESOLUCIONES QUE DECLAREN O MODIFIQUEN
                      1. La autoridad que la dicta, remite copiacertificada

                        Nota:

                        • 1. las que declaren paternidad o maternidad. 2. divorcio 3. nulidad de matrimonio 4. ausencia 5. presunción de muerte. 6.tutela 7. perdida o limitación de capacidad legal para administrar bienes 8. modificación o rectificación de actas
                        1. Inscribe resolución
                          1. Asienta acta

                            Nota:

                            • 1. Reconocimiento de paternidad o maternidad 2. de tutela 3. de divorcio
                          2. Con aviso de la autoridad el ORC debe cancelar el acta o inscripción

                            Nota:

                            • 1. Se recobre la capacidad o concluya la limitación para administrar bienes 2. Se revoque la tutela 3. Nulidad de divorcio 4. Se presente el declarado ausente o cuya muerte se presumía
                          3. RECTIFICACÓN DE ACTA
                            1. Procede por resolución judicial
                              1. Excepto reconoc. voluntario de padre a hijo
                                1. Supuestos

                                  Nota:

                                  • 1. Cuando el suceso registrado no aconteció 2. Modificar o cambiar el nombre propio 3. Para corregir algún dato esencial
                                  1. Legitimación

                                    Nota:

                                    • 1. Personas de cuyo estado se trata 2. Personas mencionadas en el acta, como relacionadas con el estado civil de alguno 3. Los herederos de los dos anteriores 4. Tutores, o quienes ejercen la patria potestad de los memores o incapaces 5. los facultados expresamente por la ley
                                    1. el juicio se sigue CPC
                                2. Aclaración
                                  1. Errores mecanográficos y ortográficos
                                    1. Datos no esenciales
                                      1. ante el ORC
                                        1. Legitimación

                                          Nota:

                                          • los mismos que para la rectificación
                                Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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