Proceso para que una película de 35 mm se pueda exhibir en México.

Descripción

Mapa Mental sobre Proceso para que una película de 35 mm se pueda exhibir en México., creado por Julio Hermann el 12/02/2017.
Julio Hermann
Mapa Mental por Julio Hermann, actualizado hace más de 1 año
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Creado por Julio Hermann hace más de 7 años
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Resumen del Recurso

Proceso para que una película de 35 mm se pueda exhibir en México.
  1. Introducción.
    1. A continuación explicaremos el proceso que se requiere para que se autorice la exhibición de una película, específicamente de 35 mm en México. Es un proceso que se debe de hacer junto la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC).
      1. RTC, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación de México. Está encargada de supervisar los contenidos exhibidos en el cine entre otros, en su caso, asignar una clasificación, transmisión, comercialización, distribución y exhibición.
    2. Desarrollo.
      1. La autorización necesaria para que una película tenga una clasificación y pueda exhibirse de forma pública en una sala cinematográfica o en los lugares abiertos o cerrados que hagan sus veces.
        1. Deben obtenerlo las distribuidoras, los productores o toda aquella persona física o moral que tenga la titularidad de los derechos de explotación de una película.
          1. Tramite y requisitos.
            1. 1.Inscribirse en el padrón de usuarios de la Dirección de Cinematografía.
              1. 2. Presentar ante la Dirección la solicitud de autorización en papel membretado dirigida al Director de Cinematografía de RTC que además debe contener la ficha técnica de la película.
                1. 3. Anexar documentos que prueben la titularidad de los derechos de explotación de la película que pueden ser: Copia del contrato de cesión de derechos, copia del registro de los derechos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor o prueba del inicio del trámite, o bien, algún otro documento que avale la titularidad de los derechos.
                  1. 4. Cuando se trate de películas extranjeras presentar el Certificado de Origen.
                    1. 5. Entregar copia de la película a supervisar.
                      1. 6. Entregar el comprobante del pago de los derechos.
                        1. Pago por avance publicitario: $616.00, cuota fija por largometraje, mediometraje o cortometraje $4937.00. El contribuyente puede optar en este apartado por pagar una cuota por minuto de $55.00.
      2. Conclusión.
        1. Fuentes de información.
          1. http://www.rtc.gob.mx/
            1. https://es.wikipedia.org/wiki/Direcci%C3%B3n_General_de_Radio,_Televisi%C3%B3n_y_C inematograf%C3%ADa_(M%C3%A9xico)#Criterios_Espec.C3.ADficos_para_Clasificaci.C3.B3n
              1. https://www.gob.mx/segob/acciones-y-programas/ autorizacion-y-clasificacion-de-peliculas-para-exhibicion-comercial
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