Rige en todo el territorio nacional, regula la circulación de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de transito y vehículos por las vías públicas o privadas que están abiertas al público o en las vías privadas, que internamente circules vehículos
Mediante la resolución 4775 de 2009 "el traspaso es la inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo"
La ley define el registro terrestre automotor como "el conjunto de datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehículos automotores terrestres.
Art 2. obliga a la matricula de todo vehículo automotor ante un organismo de transito, cancelando los derechos y los impuestos establecidos.
De conformidad con los articulos 8 y 9 de la ley 769 de 2002 y la parte pertinente de la ley 1005 de 2006, el RUNT es un sistema de información que permite registrar y mantener actualizada, centralizada, autorizada y validada la misma sobre los registros de automotores, conductores, licencias de tránsito, empresas de transporte público, infractores, accidentes de transito, etc.
ministerio de trasporte de colombia, recuperado de https://www.mintransporte.gov.co/Documentos/Normatividad/Leyes
1. Presentar su documento de identificación personal, como lo pueden ser cedula, tarjeta de identidad, pasaporte u otro tipo de identificación. 2. Tener como mínimo 16 años de edad cumplidos al momento de realizar la solicitud de expedición. 3. El Examen físico que certifique su óptima calidad y su motricidad física, y que no tenga algún impedimento físico que limite sus movimientos. 4. Examen metal para verificar descartar impedimentos metales y constatar una buena salud. 5. Los certificados medico deben practicarse en centro autorizados por el Runt para esta tarea, en los centros médicos será enviada la información al Runt para su posterior revisión. 6. No necesita una foto, en la sede de transito se le tomara la correspondiente foto de documento.