LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y SUS FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES -
JULIO ROBERTO PIZA
Leccion 10- Andres Medina Salazar
(También contemplado en el Titulo VII Libro V del E.T.)
PAGO
"Manera más natural de extinguir la obligación "POTHIER
Debe realizarse
de acuerdo con lo
que regule la
norma
Falta de pago
Genera
Responsabilidad
Sujeto Pasivo efectua el pago
Existe posibilidad que
un Tercero pague la
deuda (Código Civil)
Sin que este
lo sepa
Aun en contra de
su voluntad
¿A QUIEN HACERLE EL PAGO?
Quien tenga Legitimacion para recibir la prestaciòn
ADMINISTRACION TRIBUTRIA
DIAN
Por Eficiencia se vale del Sistema Bancario
Puede extinguirse en el caso de
La Admon Territorial encargue la Gestión Tributaria a un particular
MOMENTO DEL PAGO
Determinado
El Propio Titulo
La Ley
Decreto que expide el Gobierno cada año
Pago Efectivamente Realizado:
Momento en que lo valores han ingresado a la Entidad Financiera
Pago debe ser Completo
*Efectivo *Cheque *Cheque de Gerencia *Tarjeta de Crédito *Transferencia electrónica *TIDIS
Pago Inoportuno (Sancionado con Mora)
IMPUTACIÒN
El pago puede ser parcial
Se hace en las mismas proporciones con que participan:
las sanciones
Intereses
Anticipos
Impuestos y Retenciones
FORMAS DE PAGO
Ingresos o pago a cuenta
Ingreso en Especie
Valoracion del Ingreso
Pagos Fraccionados
EL ANTICIPO
La Admon recibe el impuesto en el mismo año en que se causa
La retención en la fuente
Autoretención
LA CAPTACIÓN EFICIENTE DE RECURSOS
DEPENDE EL EXITO DE LA ACTIVIDAD ESTATAL
Obligación Jurídico
Tributaria
Oblig. Sustancial
Oblig.
Formal
OTRAS FORMAS DE
EXTINCIÓN DE LA DEUDA
TRIBUTARIA
COMPENSACIÓN
En el ámbito tributario
Acción por medio de la cual el
contribuyente desea cancelar
sus obligaciones actuales a
través de la utilización de un
saldo a favor
determinado en una
liquidación privada de
sus declaraciones
tributarias
actuación oficial, siguiendo
los procedimientos y
cumpliendo los requisitos
establecidos para tal fin.
Para que se pueda proponer la
excepción de pago, se requiere
que la Admon haya la
reconocido
en caso de que saldos a favor
anteriores la fecha de pago se
tendra como referente por lo
tanto
El obligado no
incurrío en mora
REMISIÓN
Facultad de caracter
administrativo
instrumental
Tiene como proposito dar de
baja obligaciones de las
cuales el proceso de cobro
no sera exitoso
En una relación costo beneficio
no tiene sentido mantener en
contabilidad este tipo de
obligaciones
Requiere el
cumplimiento de
ciertos
requisitos
Por muerte del
responsable de la
obligación tributaria
Si es que éste no
ha dejado bienes
Cuando no se tiene
noticia del deudor
por más de cinco
años
Remision por una
cuantia que el
legislador
considera que por
relacion de costo
beneficio
Impone el Principio
de eficiencia
Monto 58
UVT
CONDONACIÓN
Renuncia a la Totalidad o una parte de la deuda Tributaria por parte del Estado
Se ha adoptado bajo
diferentes
denominaciones
Amnistías
Saneamientos
Fiscales
Facilidades de
Pago
Conciliacion
contenciosa
Administrativa
Medidas de Caracter Temporal
Vigencia Alrededor de 6 meses
Si es una resolución o sanción lo que se concilia es hasta un porcentaje de la sancion
Terminación por mutuo
acuerdo de los procesos
Administrativos Tributarios
Lo que se concilia es un porcentaje del mayor impuesto o un porcentaje o monto total de la sanción
Deben obedecer al análisis puntual de cada caso
Sin embargo la obligación no se extigue
Se termina el proceso, peros sigue estando vigente la obligación
Modo de extinguirlo sera cumpliendo el acuerdo
PRESCRIPCIÓN
Pérdida del Estado
el derecho a exigir
el cumplimiento de
una obligación
Término de cinco
(5) años, contados
a partir de la
fecha
deexigibilidad de la
obligación.
TERMINO
Prescribe en el término
de cinco (5) años,
contados a partir de
La fecha de vencimiento
del término para declarar
La fecha de
presentación de la
declaración
forma extemporánea
de corrección
La fecha de ejecutoria del
respectivo acto
administrativo
La fecha de ejecutoria del
respectivo acto
administrativo
INTERRUPCIÒN DEL
TERMINO
Notificación del
mandamiento de
pago
Otorgamiento de
facilidades para el
pago
La Admision de
la solicitud del
concordato
DACIÓN EN PAGO
Liberaci{on del sujeto
pasivo con la entrega
de una cosa diferente
a la debida,
Equivalente en su valor
Traslacion del
dominio
Convenio oneroso
de enajenación
CADUCIDAD DE LA COMPETENCIA
ADMINISTRATIVA DE DETERMINACIÓN DE LA
DEUDA TRIBUTARIA
Fijacion de terminos
respone a la necesidad de
otorgar certeza juridica de
la administacion
La caducidad
extingue la accion
Consecuencia de la expiracion
de los terminos perentorios
fejados en la ley