ESTRUCTURAS, PRINCIPIOS Y NORMAS QUE RIGEN LA FUNCION DE POLICIA JUDICIAL EN COLOMBIA
Descripción
Mapa Mental sobre ESTRUCTURAS, PRINCIPIOS Y NORMAS QUE RIGEN LA FUNCION DE POLICIA JUDICIAL EN COLOMBIA, creado por Luz Elena Polo Pérez el 04/05/2014.
ESTRUCTURAS, PRINCIPIOS Y
NORMAS QUE RIGEN LA FUNCION
DE POLICIA JUDICIAL EN
COLOMBIA
Los principios rectores y garantías procesales instituidos en el Código de Procedimiento
Penal inspiran las actuaciones de los servidores públicos que intervienen en la
investigación y en el proceso penal, los cuales enseñan el respeto por la dignidad
humana, el debido proceso, la libertad, igualdad, intimidad, presunción de inocencia,
derecho de defensa, lealtad e imparcialidad.
Se requiere, entonces, un servidor de Policía Judicial que actúe
ajustado a los parámetros constitucionales, legales y
procedimentales, con el fin de evitar nulidades (principio de exclusión)
que afecten la buena marcha de la administración de justicia.
Definición: Por Policía Judicial se entiende la función que
cumplen algunos organismos del Estado para apoyar la
Investigación Penal en el campo investigativo, técnico,
científico y operativo, por iniciativa propia o por orden impartida
por el fiscal de la Investigación, para recaudar los EMP o EF
que permitan determinar la ocurrencia de la conducta punible y
la responsabilidad de los autores o partícipes.
Organismos con Funciones de Policía Judicial
Funciones permanentes de Policía Judicial: Facultad atribuida a los servidores
del Cuerpo Técnico de Investigación –CTI–, Policía Nacional y Departamento
Administrativo de Seguridad –DAS–, para realizar en forma continua actuaciones
de apoyo a la investigación penal.
Funciones supletorias de Policía Judicial: Aquellas atribuidas a
la Policía Nacional en los lugares del territorio colombiano
donde no haya servidores de Policía Judicial de la Policía
Nacional.
En uso de las facultades que le otorgan la Constitución y la ley, la Policía
Nacional podrá realizar registro personal y registro de vehículos y
similares sin necesidad de autorización judicial previa.
Funciones permanentes especiales de Policía Judicial: Atribución que
tienen los servidores de la Procuraduría General de la Nación,
Contraloría General de la República, autoridades de tránsito, entidades
públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control, alcaldes e
inspectores de Policía;
Se resalta que las Autoridades de Tránsito, en ejercicio de sus funciones
especiales, en caso de homicidios y lesiones personales en accidentes de
tránsito, están facultadas para realizar inspección a cadáver, al lugar de los
hechos, entrevistas, recolectar, fijar, rotular y embalar EMP y EF y demás actos
urgentes a que haya lugar. Por lo tanto, se sujetan a los procedimientos
establecidos en el presente Manual.
Además, en los lugares donde no exista Policía Judicial, ni Policía Nacional, los Alcaldes e Inspectores de
Policía están facultados para realizar inspecciones de cadáveres, inspección al lugar de los hechos,
entrevistas, recolectar, fijar, identificar, embalar y rotular EMP y EF, entregando al término de la distancia el
informe respectivo, al fiscal u oficina de asignaciones más cercano de la jurisdicción.
Funciones transitorias de Policía Judicial: El Fiscal General de la
Nación, mediante acto administrativo, puede asignar funciones
transitorias de Policía Judicial a entes públicos, por un tiempo
determinado, para el desarrollo de diligencias relacionadas con la
actividad misional, que por la especialidad del asunto no puedan
desarrollar los organismos con funciones permanentes y especiales
de Policía Judicial.
Organizaciones de Policía Judicial Internacional
Por ello, funcionan organismos internacionales encargados de
apoyar la investigación penal como la Interpol (Organización
Internacional de Policía Criminal, con sede principal en Lyon,
Francia).
El enlace con Colombia se realiza a través del Departamento
Administrativo de Seguridad (DAS) y Europol (Oficina Central Europea de
Policía Criminal), integrada por los países que hacen parte de la
Comunidad Europea. Desarrolla actividades en tres temas de gran
importancia: terrorismo, cooperación técnica y tráfico de drogas.
Órganos de apoyo técnico-científico
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
- artículo 204 C.P.P. Este Instituto presta auxilio y apoyo
técnico-científico en las investigaciones desarrolladas por
la Fiscalía General de la Nación, los organismos con
funciones de policía judicial, el imputado o su defensor
cuando lo soliciten.
Laboratorios privados nacionales o extranjeros, universidades públicas o privadas nacionales o extranjeras y
laboratorios forenses de los organismos de Policía Judicial, artículo 204 C. P. P.
Cuando sea necesario, la Fiscalía General de la Nación, los organismos con funciones de Policía Judicial y
el imputado o su defensor pueden acudir a los citados laboratorios.