DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE
CÓDIGO DE ÉTICA IFAC Y LEY 43 DE 1990
PRINCIPIOS BÁSICOS
SIMILITUDES
El principio de integridad está plasmado tanto en el código de ética colombiano como en el de la ifac.
Establece que el contador público debe de ser un profesional íntegro en el desempeño de su
ejercicio, franco y honorable en sus vínculos profesionales y de quien se espera unos lineamientos
éticos en el ejercicio de su profesión
El principio de objetividad también se encuentra expresado en ambos códigos y dispone que
contador público debe ser imparcial en el momento de dictaminar y certificar la información
financiera. Es decir, debe tomar decisiones basado en criterios objetivos, sin influencia de terceros.
El principio de confidencialidad se concreta en el ejercicio profesional del contador público. Este
principio le exige una estricta reserva profesional y no revelar a terceros la información confidencial
de la empresa en la que trabaja
El principio de competencia y actualización profesional contenido en el código de ética de nacional,
hace referencia al principio de competencia profesional y debido cuidado comprendido en el código
de ética de la ifac. Ambos estatutos consideran que el contador público debe actualizar
permanentemente sus conocimientos profesionales a fin de satisfacer los nuevos requerimientos y
demandas de los usuarios de sus servicios. De la misma manera, señalan que el contador público
debe ser competente en los trabajos que va a desempeñar y no aceptar aquellos para los cuales no
está capacitado.
El principio de comportamiento profesional de la ifac es semejante a los principios de
responsabilidad y conducta ética que instaura de la Ley 43 de 1990, por medio de la cual se les exige
a los profesionales contables acatar las leyes y regulaciones a fin de fomentar la confianza de los
usuarios de la información contable y protegerse de cualquier acto que desacredite la profesión.
DIFERENCIAS
El código de ética de la ifac es más explícito en la descripción de las faltas contra la moral cometidas
por el contador a consecuencia de las cuales resultan afectados los usuarios de la información. Da
ejemplos concretos y describe el proceso que se debe seguir.
El código de ética de la ifac hace énfasis en evitar situaciones que afecten la objetividad del contador
público y proscribe toda clase de favoritismo. Da ejemplos concretos y describe el proceso que se
debe seguir. Igualmente, el principio de objetividad de la ifac contiene implícitamente el principio de
independencia contemplado en la Ley 43 de 1990, que ampara la independencia mental y de criterio.
La confidencialidad se trata más a fondo en el código de ética de la ifac al describir situaciones
específicas en las que el profesional contable podría ser persuadido para dar a conocer información
confidencial, así como puntualizar escenarios en los que revelar información es legal y los aspectos
que debe tener en cuenta un contador público para tomar la decisión de divulgar la información.
El código de ética de la ifac especifica de manera más detallada este principio y divide la
competencia profesional en dos fases distintas: logro de la competencia profesional y
mantenimiento de la competencia profesional.
De acuerdo con los principios de responsabilidad y conducta ética implícitos en él, el código de la ifac
hace énfasis en la honestidad y sinceridad del contador al momento de dar a conocer su trabajo. De
esta manera, le exige: No hacer afirmaciones exageradas sobre los servicios que presta, las
calificaciones que posee o la experiencia obtenida. No hacer referencias desacreditadoras o
comparaciones sin fundamento del trabajo de otros.
El principio de observación de las disposiciones normativas está contemplado en el código de ética
de Colombia, al tiempo que el código de ética de la ifac no lo considera un principio ético. Este
principio estipula que el contador público deberá desarrollar sus labores sin dejar de lado el
acatamiento de las disposiciones emanadas del Estado.
El código de ética de la ifac no instituye dentro sus principios el de difusión y colaboración
(concretado en el código de ética colombiano), que establece el deber del contador público de
trabajar por el constante crecimiento de la profesión contable en cualquier campo de acción.
El código de ética (Ley 43 de 1990), comprende el principio de respeto entre colegas. Por su parte, el
código de ética de la ifac si bien lo tiene en cuenta, no lo considera un principio básico de aplicación.
El principio demanda del contador abstenerse de cometer actos de competencia desleal, conducta
ética que básicamente es la misma establecida por el código de ética de la ifac.
ASPECTOS GENERALES
LEY 43 DE 1990
El código de ética colombiano hace referencia a
los contadores públicos en general. Para
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC
DIFERENCIAS
ESTRUCTURA
MARCO CONCEPTUAL
El código de ética nacional no contiene un marco
conceptual que lo complemente.
El ifac proporciona un marco conceptual como guía de los principios éticos fundamentales, con el fin
de identificar las amenazas en el cumplimiento de los principios básicos y aplicar las
correspondientes salvaguardas para contrarrestarlas.
Para su aplicación, el código de ética de la ifac se divide en las siguientes partes: Aplicación general
del código. Los contadores profesionales en la práctica pública. Los contadores profesionales en los
negocios.
ASPECTOS GENERALE
LEY 43 DE 1990
El código de ética local contempla que el contador público se abstendrá de aceptar trabajos si con
algunas de las partes tiene parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil, y
segundo de afinidad o si median vínculos económicos, amistad íntima o enemistad grave, intereses
comunes o cualquier otra circunstancia que pueda restarles independencia y objetividad a sus
conceptos o actuaciones.
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC
SIMILITUDES
FAMILIARIDAD
El código de ética de la ifac considera las relaciones familiares como unas de las principales amenazas al
cumplimiento de los principios básicos de ética profesional, ya que podrían provocar sesgos en la
mentalidad del contador público.
La ifac determina que un contador profesional podría cotizar sus honorarios como lo estime
apropiado. El hecho de que un contador profesional en la práctica pública cotice sus honorarios por
un valor menor al de otros colegas, no es una conducta antiética.
HONORARIOS
El código de ética local establece que el contador público tiene derecho a fijar sus honorarios de
acuerdo con sus habilidades, conocimientos y experiencias, ya que la retribución económica
constituye su medio moral de subsistencia.