Instituciones protectoras de los acreedores

Descripción

Mapa Mental sobre Instituciones protectoras de los acreedores, creado por Anaid RM el 02/04/2017.
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Resumen del Recurso

Instituciones protectoras de los acreedores
  1. Son instituciones protectoras del acreedor, para el caso de incumplimiento del deudor
    1. Acción oblicua
      1. es una figura jurídica que permite a los acreedores ejercitar los derechos que su deudor tiene, con el objetivo de cubrir a su vez los créditos a su favor y extinguir la deuda.
        1. Características de la acción oblicua
          1. Este mecanismo se basa o fundamenta que cuando el titular de una obligación por dolo o negligencia no se responsabiliza por la misma, y esta actitud por parte del deudor puede causar daño o perjuicio al bien del acreedor, se faculta al mismo para poder ejercer dicha acción que cabe destacar, no es un beneficio sino que es un proceso que evita el desmejoramiento de la cosa a causa de un comportamiento negligente por parte del deudor
          2. Condiciones para efectuarse
            1. a) que las acciones o derechos del deudor tenga valor pecuniario; b) que los derechos o acciones del deudor no sean de aquellos que se hallan unidos exclusivamente a la persona como el uso y habitación; c) que el crédito de donde el acreedor deriva su derecho sea exigible; d) que el acreedor haya obtenido autorización judicial para ejercitar la acción (es) correspondientes al obligado.
            2. Procede en aquellos casos en los que el deudor renuncia al ejercicio de las acciones o las abandona para que prescriban, de manera ilícita y maliciosa por el perjuicio que origina a los acreedores, por lo que se autoriza a éstos para que las ejerciten en contra de los deudores del incumplido
            3. Acción Pauliana
              1. La acción pauliana o revocatoria es una figura jurídica que permite a los acreedores obtener la revocación de los actos del deudor en fraude de sus derechos.
                1. El fin económico la acción pauliana, es mantener en el patrimonio del obligado, los bienes de que se desprende en apariencia o en realidad, para perjudicar derechos legítimos de tercero.
                  1. Características de la acción pauliana.
                    1. Su función conservativa o cautelar, pero no ejecutiva
                      1. coloca bienes en garantía, pero no los expropia ni del deudor ni del adquiriente, aunque otorga título para hacerlo.
                      2. Su connotación de acción personal y no real.
                        1. Se trata de una acción personal de suerte que no persigue un bien sustrayéndolo de la posesión del primero o ulteriores adquirientes prescindiendo de su buena o mala fe, sino que se pretende remediar las consecuencias objetivas de una conducta ílicta.
                      3. Condiciones para efectuarse
                        1. Acto de enajenación o renuncia de derecho alguno, que dicho acto provoque o agrave la insolvencia del deudor, que dicho acto cause perjuicio al crédito debido. en caso de enajenación a título oneroso exista mala fe entre las partes
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