Es el código adoptado por la OMI, para
establecer un marco internacional, en el ambito
maritimo, de cooperacion para detectar amenazas
y adoptar medidas preventivas
De acuerdo con las prescripciones, los buques llevarán
a bordo un PLAN DE PROTECCIÓN DEL BUQUE (PPB)
Indica las medidas de protección que se deben tomar en el buque para poder funcionar de manera permanente en los
niveles:
Nivel 1. Normal
Es el nivel en el que funcionan normalmente los
buques e instalaciones portuarias
Nivel 2. Reforzado
Se aplicará si hay un incremento del riesgo
Nivel 3. Excepcional
Se establece durante el período de tiempo en que sea probable o inminente un suceso que afecte
a la protección
Contiene medidas para la introducción de armas, explosivos, el acceso no autorizado al buque y a
zonas restringidas, procedimientos para evaluar amenazas, verificar las tareas de protección,
informar de los sucesos, formar a las personas que intervienen en la prevención.
Esta estructurado en dos partes:
"Prescripciones Obligatorias" y
"Orientaciones".
Se aplica a buques en viajes internacionales
con un arqueo mínimo de 500 TRB, unidades
móviles de perforación submarina en alta mar e
instalaciones portuarias que presten servicio a
tales buques y unidades