El formalismo jurídico tiene varias interpretaciones tanto positivas como negativas generando una
conclusión ambigua, por ende es crucial la objetividad en la interpretación.
Nota:
j
El concibe cuatro significados
La ciencia del derecho como ciencia formal
La interpretación formal del derecho
Significa que
Se esta en contra de los cambios
Surgen dos tipos
Formalista conservador
Quiere decir
que el cambio esta en
contra del sentido de
progreso
Ejemplo
Jurisprudencia conceptual
Se entiende por
interpretación lógica y
estructural
En la praxis
Juez que se limita al derecho
existente
formalista progresista
Quiere decir
Que el cambio esta en
contra del sentido de
reacción o restauración
Ejemplo
Jurisprudencia de interés
Se entiende por
Interpretación investigativa
y de fin social
En la praxis
Juez creador en pro de
intereses nuevos
Surge de
Una construcción
característica de la ciencia
del derecho diferente a
una interpretación de la
leyes
Los juristas
Vislumbran la realidad con el fin
de dar una calificación
normativa dentro de un sistema
A paritr de
Construcción
Dógmatica
Conjunto de modelos
proporcionados por la
obra de construcción
Según la teoría normativa
El derecho es un conjunto de calificaciones
normativas de comportamiento
Indican que es errónea cualquier
definición jurídica que explique
de donde nace y para que sirve
una institución sin determinar su
estatus normativo
La lógica juridíca
En referencia a
Una investigación sobre las
proposiciones normativas y
razonamiento jurídico
El derecho como forma y la teoría formal del derecho
La concepción formal de la justicia
Se entiende como
Una óptica en donde el legalismo es
predominante en la justicia ya que explica
que el acto justo es que aquel que esta
conforme a la ley
Según la ley positiva
La ley debe ser obedecida sin un aplicativo de
justicia, por el solo hecho de ser ley
En contraposición
Los neojusnaturalistas infieren a la ley positiva
como justa por el solo hecho de ser ley
Históricamente hay dos modelos principales
Modelo ético
Según Hobbes
Por naturaleza todo es licito ,
pero es imperante una
convención para desarrollar el
acto justo o injusto
En conclusión
Modelo Naturalista
Según Spinoza
Por naturaleza todo es justo pero
solo aquellos que tienen el poder
pueden otorgar un criterio de
justicia
El acto legalista esta vigente en ambas teorías
satisfaciendo la noción de justicia
Orden
No tiene como interés que las
reglas se den de manera
especifica si no que sean
aplicables y se desarrollen en lo
práctico
Igualdad
Busca el cumplimiento de la ley
haciendo inviolable a su vez el
derecho de igualdad, ya que la ley
es para todos
Se basa en
Teorías jurídicas tratando de responder a lo
que el derecho debería ser, buscando
distinguir el derecho de la moral o de la
costumbre
En referencia a
La teoría del derecho como una forma generalmente constante
respecto a un contenido generalmente variable
De acuerdo con Kant
La relación jurídica esta caracterizada por
relaciones intersubjetivas
Las cuales son
Recíproca
Con el fin
De limitar una óptica teleológica sin establecer
que es lo que los individuos deben hacer, si no
como deben hacerlo
Además
Kant da como golpe decisivo la institución del poder coactivo que tiene
por síntesis hacer ineludibles las relaciones intersubjetivas que en el
estado de naturaleza son fortuitas
Tales como
De estado natural a
estado civil
De sociedad natural a
sociedad politica
Externa
Formal
Kelsen va a decir
La coacción como elemento
constitutivo del derecho y el
ordenamiento jurídico es el mimo
ordenamiento coercitivo
Su definición de derecho
Es la reglamentación mediante el
ejercicio de poder coactivo
Definición formal del derecho que se
opone a las definiciones generales
Significa que
La forma es un recipiente donde el
contenido no cambia en si mismo
si no en el cual todo hecho o
relación existente estan
determinadas desde que entran
en un esquema normativo