"EL CONJUNTO DE MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS A FIN DE GARANTIZAR LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS TRABAJADORES, ASESORANDO Y ASISTIENDO PARA ELLO AL EMPRESARIO, A LOS TRABAJADORES Y A SUS REPRESENTANTES Y A LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN ESPECIALIZADOS", A EFECTOS DE LA LEY 31/1995, ES LA DEFINICIÓN DE:
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