La Policía de los Municipios, tendrá las atribuciones siguientes:
I. Prevenir las conductas delictivas e infracciones administrativas;
II. Proteger la integridad física de las personas, sus propiedades, derechos y libertades;
III. Vigilar el cumplimiento estricto de las Leyes y Reglamentos de Policía y Buen Gobierno;
IV. Mantener el orden, la paz y tranquilidad de los lugares públicos;
V. Vigilar las calles, parques, jardines, vías públicas, lotes baldíos, escuelas, plazas, comercios, mercados, panteones, zonas ecológicas, espectáculos públicos, y aquellas que sean de la misma naturaleza.