EL RD 919/06 ESTABLECE LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS QUE DEBEN REUNIR:
LOS CENTROS DE DISTRIBUCIÓN
LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN
LAS EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN
A Y B SON CORRECTAS
ESTE REGLAMENTO SE APLICARÁ CON:
CARÁCTER GENERAL A LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS CONTENIDAS EN ÉL
CON CARACTER ESPECÍFICO A TODAS LAS INSTALACIONES INCLUIDAS EN SU CAMPO DE APLICACIÓN
CON CARÁCTER ESPECÍFICO A LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS CONTENIDAS EN ÉL
LA OBSERVACIÓN DE LOS REQUISITOS DICTADOS EN ESTE REGLAMENTO EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS DISPOSICIONES
EL REGLAMENTO SE APLICARÁ A INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS, CON UNA PRESIÓN MÁXIMA DE DISEÑO:
IGUAL O SUPERIOR A 16 BAR
IGUAL O INFERIOR A 16 BAR
SUPERIOR A 16 BAR
INFERIOR A 16 BAR
EL REGLAMENTO SE APLICARÁ A LA SIGUIENTE INSTALACIÓN O APARATO:
CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRUBUCIÓN DE ENVASES DE GLP
INSTALACIONE DE ALMACENAMIENTO DE GLP EN DEPÓSITOS FIJOS
INSTALACIONES DE SERVICIO PARA VEHÍCULOS A GAS
TODAS SON CORRECTAS
EL REGLAMENTO SE APLICA A:
UNICAMENTE INSTALACIONES NUEVAS
INSTLACIONES NUEVAS Y A LAS EXISTENTES ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO
A LAS INSTALACIONES EXISTENTES ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO QUE SE MODIFIQUEN O AMPLIEN
TODAS SON FALSAS
SEGÚN EL REGLAMENTO, SE DEFINE COMBUSTIBLE GASEOSO COMO:
LOS RELACIONADOS EN LAS TRES FAMILIAS DE GASES DE LA NORMA UNE 60002
LOS RELACIONADOS EN LAS TRES FAMILIAS DE GASES DE LA NORMA UNE 60003
LOS RELACIONADOS EN LAS TRES FAMILIAS DE GASES DE LA NORMA UNE 60004
LOS RELACIONADOS EN LAS TRES FAMILIAS DE GASES DE LA NORMA UNE 60005
LA ACOMETIDA INTERIOR ES:
CONJUNTO DE CONDUCCIONES Y ACCESORIOS COMPRENDIDOS ENTRE LA LLAVE DE ACOMETIDA, INCLUIDA ÉSTA, Y LA LLAVE O LLAVES DEL EDIFICIO, INCLUIDAS ÉSTAS
CONJUNTO DE CONDUCCIONES Y ACCESORIOS COMPRENDIDOS ENTRE LA LLAVE DE ACOMETIDA, INCLUIDA ÉSTA Y LA LLAVE O LLAVES DEL EDIFICIO, SIN INCLUIR ÉSTAS
CONJUNTO DE CONDUCCIONES Y ACCESORIOS COMPRENDIDOS ENTRE LA LLAVE DE ACOMETIDA, SIN INCLUIR ÉSTA, Y LA LLAVE O LLAVES DEL EDIFICIO, SIN INCLUIR ÉSTAS
CONJUNTO DE CONDUCCIONES Y ACCESORIOS COMPRENDIDOS ENTRE LA LLAVE DE ACOMETIDA, SIN INCLUIR ÉSTA, Y LA LLAVE O LLAVES DEL EDIFICIO, INCLUYENDO ÉSTAS
EN LAS INSTALCIONES INDIVIDUALES CON CONTAJE SITUADO EN EL LÍMITE DE LA PROPIEDAD NO EXISTE ACOMETIDA INTERIOR
LOS MATERIALES, EQUIPOS Y APARATOS DE GAS UTILIZADOS DEBERÁN CUMPLIR LO ESTIPULADO EN LAS DISPOSICIONES QUE APLIQUEN:
DISPOSICIONES EUROPEAS QUE NO CONTRADIGAN A LAS DISPOSICIONES NACIONALES
DISPOSICIONES NACIONALES QUE NO CONTRADIGAN A LAS DISPOSICIONES EUROPEAS
DISPOSICIONES EUROPEAS
DISPOSICIONES NACIONALES
¿LA EMPRESA INSTALADORA DEBERÁ CONFECCIONAR UNAS INSTRUCCIONES PARA EL CORRECTO USO Y MANTENIMIENTO DE LAS MISMAS?
EL SUMINISTRADOR FACILITARÁ A LOS CLIENTES, LAS RECOMENDACIONES DE USO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, CON UNA PERIOCIDAD DE:
AL MENOS BIENAL Y POR ESCRITO
AL MENOS TRIENAL Y POR ESCRITO
AL MENOS ANUAL Y POR ESCRITO
¿DONDE VENDRÁN DEFINIDOS LOS CONTROLES PERIÓDICOS?
ITC´s
REGLAMENTOS EXTERNOS
NORMATIVAS EUROPEAS
NORMATIVAS NACIONALES
CUÁNDO EL CONTROL PERIÓDICO SE REALICE SOBRE INSTALACIONES RECEPTORAS ALIMENTADAS DESDE REDES DE DISTRIBUCIÓN (GLP o GAS NATURAL) SE DENOMINARÁN:
CONTROL PERIÓDICO
INSPECCIÓN PERIÓDICA
REVISIÓN PERIÓDICA
NINGUNA ES CORRECTA
LAS PRESCRIPCIONES ESTABLECIDAS EN ÉSTE REGLAMENTO Y SUS ITC's TENDRÁN LA CONDICIÓN DE MÁXIMOS OBLIGATORIOS EXIGIBLES
LAS ITC's PODRÁN PRESCRIBIR EL CUMPLIMIENTO DE NORMAS:
UNICAMENTE NORMAS UNE DE MANERA TOTAL
NORMAS UNE Y OTRAS, UNICAMENTE DE MANERA PARCIAL
NORMAS UNE DE MANERA UNICAMENTE DE MANERA PARCIAL
NORMAS UNE Y OTRAS, DE MANERA TOTAL O PARCIAL
CUANDO SE PRODUZCA UN ACCIDENTE QUE OCASIONE DAÑOS LEVES, SIN VICTIMAS, EL SUMINISTRADOR DEBERÁ NOTIFICARLO LO ANTES POSIBLE Y NO EN MÁS DE:
4 HORAS
12 HORAS
24 HORAS
LAS INSTALACIONES EXISTENTES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO, NO QUEDARÁN SOMETIDAS AL RÉGIMEN DE CONTROLES PERIÓDICOS