Creado por ana Maria olmos peralta
hace más de 9 años
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Obligación de usar la cosa arrendada según los términos o espíritu del contrato.
Obligación del arrendatario – Restitución de la cosa
Efectos del incumplimiento del arrendatario al usar la cosa.
Facultad de usar la cosa por el arrendatario.
art 2004 CC.
Responsabilidad del Arrendatario en la Conservación de la Cosa.
El Art 1997 del Código Civil
Reparaciones locativas
Responsabilidad Extensiva del Arrendatario.
Obligación de Pagar el Precio o Renta.