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AB. BRENDA REYES TOMALÁ
DERECHO TRIBUTARIO
DERECHO FISCAL
Conjunto de normas jurídicas que regulan y sustentan los ingresos fiscales del Estado. Estas normas jurídicas comprenden la actividad fiscal del Estado, las relaciones de este y los particulares sobre estos últimos
DERECHO TRIBUTARIO
Se ocupa de regular las relaciones entre la Hacienda Pública y los particulares considerados en su calidad de contribuyentes.
¿QUÉ INCLUYE EL DERECHO FINANCIERO?
Respecto al Derehco Tributario, ?Cuáles serán sus fuentes?
LA CONSTITUCIÒN COMO FUENTE DEL DERECHO TRIBUTARIO
Regula la potestad tributaria o poder tributario, la cual es una de las manifestaciones del imperium o soberanía de los estados y regula la potestad tributaria o poder tributario, la cual es una de las manifestaciones del imperium o soberanía de los estados.
y decreta el gasto público.
CONSTITUCIÒN DEL ECUADOR
ART. 120 # 7
ART. 1
ART. 264 # 5
ART. 305
ART. 261
ART. 281
ART. 37
ART. 301
ART. 47
ART. 300
En los acuerdos de integración puede acaecer situación similar. La atribución de potestad tributaria a los organismos comunitarios no comporta renuncia de la misma la cual de suyo es irrenunciable. La Comunidad Andina, CAN, integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, es titular de potestad tributaria que se ha manifestado en la expedición de normas tributarias, tales como la Decisión 40 emitida por la Comisión del Acuerdo de Cartagena de 28 de enero de 1975 mediante la cual se aprobó el Convenio Tipo para evitar la doble tributación entre los Países Miembros (Anexo I), así como el Convenio Tipo para evitar la doble tributación entre los Países Miembros y otros estados ajenos a la Subregión (Anexo II);