Vic 0.16
Mapa Mental por , creado hace más de 1 año

La adopción de mayor de edad se da con los consentimientos de los posibles adoptado y el adoptante, siguiendo de forma taxativa los requisitos implementados en el Art. 378 del Código Civil, y en caso de hacerse por vía Notarial se tiene que seguir lo indicado en la Ley N° 26662

1
0
0
Vic 0.16
Creado por Vic 0.16 hace casi 4 años
Cerrar