Creado por Jorge Ayala
hace casi 4 años
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Art. 1.- Ámbito.- La presente Ley garantiza el derecho a la educación, determina los principios y fines generales que orientan la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir, la interculturalidad y la plurinacionalidad; así como las relaciones entre sus actores. Desarrolla y profundiza los derechos, obligaciones y garantías constitucionales en el ámbito educativo y establece las regulaciones básicas para la estructura, los niveles y modalidades, modelo de gestión, el financiamiento y la participación de los actores del Sistema Nacional de Educación.
Se exceptúa del ámbito de esta Ley a la educación superior, que se rige por su propia normativa y con la cual se articula de conformidad con la Constitución de la República, la Ley y los actos de la autoridad competente.
Art. 3.- Fines de la educación.- Son fines de la educación:
Art. 6.- Obligaciones.- La principal obligación del Estado es el cumplimiento pleno, permanente y progresivo de los derechos y garantías constitucionales en materia educativa, y de los principios y fines establecidos en esta Ley.
Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:
Art. 8.- Obligaciones.- Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:
Art. 9.- De la participación y representación estudiantil.- En los programas de cada uno de los niveles de educación, se integrarán contenidos que estimulen la participación ciudadana de las y los estudiantes.
Asimismo, se pondrá énfasis especial en el conocimiento, profundización y
aplicación de la Constitución de la República.
Las y los estudiantes de todos los niveles ejercerán libremente el derecho a
organizarse y a tener representación entre sus compañeros, en todos los niveles intraescolares e interescolares.
Art. 10.- Derechos.- Las y los docentes del sector público tienen los siguientes
derechos:
Art. 11.- Obligaciones.- Las y los docentes tienen las siguientes obligaciones:
Art. 15.- Comunidad educativa.- La comunidad educativa es el conjunto de actores directamente vinculados a una institución educativa determinada, con sentido de pertenencia e identidad, compuesta por autoridades, docentes, estudiantes, madres y padres de familia o representantes legales y personal administrativo y de servicio.
Art. 16.- Derechos y obligaciones de la comunidad educativa.- Los derechos y
obligaciones, propios y concurrentes, de la comunidad educativa son los que
corresponden a sus actores en forma individual y colectiva.