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Organización del Colegio Nacional de Periodistas Ley del Ejercicio del Periodismo Publicada en Gaceta Oficial Nº 4.883 Extraordinario, con fecha 31 de marzo de 1995 Convención Nacional Junta Directiva Nacional Delegados eléctos por las seccionales Tribunal DIsciplinario Junta Directiva de la Seccional Secretariado Nacional Junta Directiva Nacional Tribunal Disciplinario Nacional Secretarios Generales de las seccionales. Funciones Dictar reglamentos internos. Dictar reConocer las apelaciones de las decisiones del Tribunal Disciplinario Nacional Dictar acuerdos y resoluciones. Determinar el número de delegados que asistirán a la Convención Nacional. Conocer y decidir todas aquellas materias que no sean de exclusiva competencia de la Convención Nacional Presidente VIcepresidente Secretario de organización Secretario de finanzas 6 secretarías 8 suplentes Secretaría de Organización, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Relaciones Secretaría de Asuntos Profesionales Secretaría de Mejoramiento Profesional y Cultura, Secretaría de Comunicaciones y Publicaciones Secretaría de Documentación y Actas Secretaría de Deporte, Atribuciones Las atribuciones de la convención son: elegir su Junta Directiva, Elaborar el Reglamento de Elecciones, 03) Conocer de las apelaciones que se interpongan contra las decisiones del Tribunal Disciplinario Nacional, Dictar, conforme a la Ley, normas disciplinarias para los miembros del Colegio Nacional de Periodistas; Autorizar el establecimiento de Seccionales del Colegio Nacional de Periodistas a nivel del Distrito o grupo de Distrito; reconocer el funcionamiento de organismos de periodistas especializados, en aquellos casos en que el desarrollo profesional lo amerita; Conocer de las apelaciones que hagan los miembros del Colegio para la designación de delegados a la Convención Nacional; Establecer las cuotas que aportarán las Seccionales para el funcionamiento de los organismos nacionales; Elaborar los reglamentos internos de los Tribunales Disciplinarios; Aprobar o improbar los informes de la Junta Directiva Nacional; Elaborar su Reglamento Interno; Dictar Acuerdos y Resoluciones; Dec Atribuciones Convocar las Convenciones Nacionales, Ordinarias y Extraordinarias; Velar porque las entidades públicas y privadas den exacto cumplimiento a las disposiciones de la Ley sobre Ejercicio del Periodismo y su Reglamento; Rendir un Informe de su gestión a la Convención Nacional; inscribir en el Colegio a las personas que soliciten inscripción y cumplan con los requisitos legales pertinentes; Elaborar el Reglamento Interno que regirá sus funciones. Adscribir a la Seccional más próxima y conveniente, a aquellos periodistas que residan en jurisdicciones que no reúnan el número necesario para constituir una Seccional; Elaborar y ejecutar el Presupuesto del Colegio y administrar su Patrimonio. Designar el personal administrativo del Colegio y fijar sus asignaciones. Nombrar apoderados judiciales cuando las circunstancias lo exijan. Celebrar los contratos necesarios para el funcionamiento del Colegio. Respaldar, cuando lo considere conveniente, las denuncias y reclamos que hagan las Juntas Direct Haz doble clic en este nodo para editar el texto Haz clic en este nodo y arrástralo para crear uno nuevo
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