Creado por Flaviana Manuela Pú Matz
hace alrededor de 2 años
|
||
Modos de adquirir la propiedad. Clasificaciones.
- la in iure cessio y la usucapión; dentro de los segundos, fundados en la naturaIis ratio, la
ocupación, la accesión, la especificación, la tradición.
-En las Instituciones del emperador bizantina la
distinción entre modos civiles y modos naturales se alarga hasta abarcar la generalidad de los modos de
adquisición.
.-que los clásicos no contemplan la transmisión del derecho, sino de la cosa.
Ciertamente, Gayo habla tan solo de una transmisión de la cosa, y no del derecho que recae sobre la misma, hay
buen fundamento en pensar que han sido los bizantinos quienes han visto en la transmisión de la cosa la
transmisión del derecho.
Adquisición de la propiedad. Modos originarios
I. Ocupación.
-toma de posesión de una cosa que no tiene dueño.
Casos de ocupación son los siguientes:
*
Adquisición del tesoro:
. Se trata de cualquier objeto precioso y no solo de dinero 0 que
permanece oculto bajo tierra o de otro modo durante el tiempo necesario para que se pierda la memoria de
quien sea su dueño, haciéndose imposible, en todo caso, identificar en alguna persona al sucesor.
Adquisición de frutos:
-considerándose parte del fundo, mientras no se desprende de la cosa matriz.
-Al
desprenderse, es considerado, en el mundo jurídico, corno objeto independiente, y su propiedad puede
corresponder al dueño de la cosa fructífera, o bien al titular de un derecho real o de un derecho personal.
Adquisición de la propiedad. Modos derivativos:
-No es suficiente para transmitir la propiedad.
-El dominio de las cosas se
transmite por la entrega y por la usucapión, no por el simple pacto.
-La transmisión de la propiedad solo tiene Lugar cuando el enajenante es dueño o se lleva a cabo par encargo del
dueño.
Jazmín Manuelita Pérez Sambrano.
5011-22-14108