Creado por WUESLIN RONALDO AZAÑON ARGUETA
hace más de 1 año
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Universidad Mariano Galves
Nombre: Wueslin Ronaldo Azañon Argueta.
Carné: 5011-23-17197
Adquisición del tesoro
Según Paulo, el tesoro es una cierta cantidad depositada de la que no existe memoria «de quien pudo ser su
propietario», de forma que ya no tiene dueño.
quien sea su dueño, haciéndose imposible, en todo caso, identificar en alguna persona al sucesor.
la historia del Derecho romano la adquisición del tesoro fue regulada de modos diversos.
como incremento del fundo en que se encuentra.
Una constitución de Adriano confiere la propiedad del tesoro, por mitad, al dueño del fundo y al descubridor
Accesión de mueble a inmueble:
pertenece al suelo todo lo que se une a el.
Especificación
Con este nombre se designa la transformación de una materia prima en una cosa nueva, Tal ocurre, por ejemplo,
cuando se obtiene vino de la uva, o carbón de la leña, o un vestido de la lana
Adquisición de frutos
El fruto no tiene existencia propia, considerándose parte del fundo, mientras no se desprende de la cosa matriz
Litis aestimatio
Proceso clásico el juez no condena al demandado a dar el objeto por el que se litiga, sino a pagar, previa
estimación de lo que importa, su valor en dinero.