ES EL DERECHO QUE TIENE EL PACIENTE A QUE EL MÉDICO, LA ENFERMERA Y EL PERSONAL QUE LE BRINDEN ATENCIÓN MÉDICA, SIN VULNERAR SUS CONVICCIONES PERSONALES Y MORALES, PRINCIPALMENTE LAS RELACIONADAS CON SUS CONDICIONES SOCIOCULTURALES, DE GÉNERO, DE PUDOR Y A SU INTIMIDAD, CUALQUIERA QUE SEA EL PADECIMIENTO QUE PRESENTE, Y SE HAGA EXTENSIVO A LOS FAMILIARES O ACOMPAÑANTES.
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