Creado por Melissa Rendon
hace alrededor de 8 años
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El articulo 27 menciona que los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir:
¿Cuales son los medios por los que se efectúa una obra, que se menciona en el artículo 27?
Según el art. 27, los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir: La comunicación publica de su obra a través de cualquiera de estas maneras:
El articulo 27: los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir:
Según el art. 27, se incluye la transmisión o retransmisión de las obras por:
Articulo 27: los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir:
El art. 28 dice que las facultades a las que se refiere el articulo anterior son:
Art. 29: los derechos patrimoniales estarán vigentes durante: