Esté núcleo primario fue incorporando otras categorías, aunque ya estaban enunciadas en distintas declaraciones y documentos, primero de forma genérica y luego más especifica, se recoge en la ley de Patrimonio Histórico Español de 1985, “los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. Está noción de patrimonio que se mueve fundamentalmente recogiendo las demandas de reconocimiento dentro de los diferentes campos del saber.