Created by Erick - Eduard Ruiz
over 6 years ago
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Question | Answer |
A CONTRARIO | Justifica excluir la aplicación de la consecuencia jurídica prevista por una norma para un determinado supuesto de hecho, a otros supuestos de hecho diferentes a los expresamente mencionados por ella. (Ej. Dias hábiles en proceso electoral) |
SEDES MATERIAE | La justificación del significado se realiza a partir del lugar que ocupa en el CONTEXTO NORMATIVO del que forma parte, ya que se piensa que la localización topográfica proporciona información sobre su contenido. |
A RUBRICA | La justificación del significado se realiza a partir del titulo o rubrica que encabeza el articulo o grupo de artículos en el que se encuentra ubicado el enunciado, ya que se piensa que los titulos proporcionan información sobre el contenido regulado bajo los mismos. |
SISTEMATICO EN SENTIDO ESTRICTO | Es aquel que para la atribución de significado a una disposición, tienen en cuenta el contenido de otras normas, su contexto. |
A COHARENTIA | Aquel por el que dos disposiciones no pueden expresar dos normas incompatibles entre ellas, sirve 1. para rechazar los significados de un enunciado que lo hagan incompatible con otra 2. para atribuir de aquel significado que haga al enunciado lo mas coherente posible con el resto del ordenamiento. |
DE LA NO REDUNDANCIA | Justifica que entre dos significados posibles de un enunciad, sea rechazado aquel que suponga una mera repetición de lo establecido por otra disposición del ordenamiento. |
TELEOLOGICO* | Tiene por fundamento la idea de que el legislador tiene unos fines de los que la norma es un medio, por lo que la norma debe interpretarse atendiendo a esos fines. En definitiva consiste en interpretar la norma en base a su finalidad |
HISTORICO | Estaría justificado atribuirle el mismo significado que tradicionalmente era atribuido a la disposición normativa anterior y ya derogada que regulaba la misma materia. |
PSICOLOGICO | Justifica la aribucion a una disposicion normativa del significado que se corresponda con la voluntad del autor de la misma, es decir, del concreto legislado que historicamente la redacto. |
PRAGMATICO | Justifica que cuando hay dos significado posibles de un mismo enunciado, de los cuales uno da efectividad mientras que el otro lo convierte en inutil, optar por el primero |
POR EL ABSURDO | Permite rechazar un significado de un enunciado normatiov de entre las teoricaente (o prima facie) posibles, por las consecuencias absurdas a las que conduce. |
POR ANALOGIA | Justifica trasladar la solución prevista para un caso a otro caso distinto, no regulado por el ordenamiento jurídico, pero que es semejante al primero. |
A FORTIORI | Justifica trasladar la solución legalmente prevista para un caso, a otro caso distinto, no regulado por el ordenamiento juridico, porque merece esa solución legal "con mayor razón". (EJ. Robo es castigado, por lo tanto el asesinato tambien) |
A PARTIR DE LOS PRINCIPIOS | Frecuentemente el tratamiento de los principios se realiza en el seno de los medio para la resolución de las lagunas, es decir como instrumento de integracion del sistema juridico. sin embargo en las decision de cualquier tribunal su uso interpretativo es mucho mas habitual que el integrador. Ante la pluralidad de significados de un enunciado se optara por aquel que mejor se adecue a lo establecido por el principio. |
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