Question | Answer |
Propone un modelo de normas principialista que además de las normas en sentido estricto contemple principios y directrices | Ronald Dworkin |
En este nivel de conocimiento del derecho se manipula la realidad empírica del fenómeno jurídico, pero suele hacerse sin capacidad crítica del mismo | Técnica jurídica. |
Este tipo de Estado es el conjunta los tres poderes en una sola persona o grupo de personas, dando preeminencia al poder ejecutivo | Estado absoluto |
Por tener estudios en psicología pragmatista este juez y abogado de la corriente realista afirma que los jueces no son ni objetivos ni imparcialidades pues su prejuicios y estereotipos inconsistentes se manifiestan en sus decisiones. | Jerome Frank |
Esta corriente tiene los siguientes rasgos: 1. culto al texto de la ley 2. Predominio de la intención del legislación sobre el alcance literal del texto 3. su doctrina estatista consistente en la proclamación de la omnipotencia del legislador y en la creencia de su infalibilidad | Iuspositivismo voluntarista |
Manifestaciones prácticas normativas realmente existentes en un mismo espacio sociopolítico, integradas por conflictos o consensos, oficiales o no y que tiene su razón de ser en las necesidades existenciales, materiales y culturales | Pluralismo jurídico |
Esta corriente iusfilosófica supone la existencia de un derecho que es parámetro del valor, validez, justicia y hasta juridicidad del derecho puesto por el hombre | Iusnaturalismo |
Este tipo de Estado pone como límite de ka democracia instrumental la democracia sustancial | Estado constitucional de derecho |
El uso alternativo del derecho tiene su continuidad institucionalizada en la corriente denominada: | garantismo |
Es una teorización de las relaciones y de las conductas en relación con la normatividad desde la perspectiva de un urgente cambio y en busca de la mejor satisfacción de las necesidades y derechos humanos: | Sociología del derecho militante |
Supone un tránsito del ser más conocido al menos conocido, mediante una combinación de conveniencia y discrepancia | Analogía |
Es la corriente filosófica del derecho que supone que el único derecho existentes el que de hecho es obedecido y aplicado por los destinatarios | Iussociologismo |
Este principio de la bioética se refiere a la imparcialidad en la distribución de bienes y servicios | Principio de justicia |
Implica explorar, de forma crítica y democrática, en las contradicciones, ambigüedades y crisis del derecho legislado en beneficio de las camadas sociales menos favorecidas, víctimas de la injustica y excluidas | Hermenéutica judicial alternativa |
Este tipo de analogía se da cuando los analogados tiene realmente la forma o perfección atribuida | Analogía intrínseca |
Es medio, como instrumento o técnica social, para regular cualquer orden de proyecto socio político mayor. Es fin para mantener dicha ordenación social. | Iuspositivismo racionalista |
El derecho como fenómeno de la realidad es conocido a este nivel de conocimiento | Percepción de la realidad |
El derecho instrínsicamente válido se identifica con esta corriente iusfilsófica | Iusnaturalismo |
Mediante esta dimensión de la opresión a las personas o grupos de personas se les priva de su poder y del acceso a los satisfactores de sus necesidades | Marginación |
Las reglas técnicas se denominan normas, pero este concepto solo les conviene de manera indirecta porque son normas jurídicas en sentido estricto. Es un ejemplo de: | Analogado extrínseco |
Este principio de la bioética enuncia que la sperosnas deben tratarse como seres en sí mismos con capacidad de tomar decisiones sobre sí | Principio de autonomía |
Es creación y reconocimiento emergente y comunitaria a partir de los intereses y necesidades de la sociedad, de derechos fundamentales, engendrados en los conflictos y luchas | Derecho insurgente |
Es el primer nivel de control de constitucionalidad convencional de nuestro sistema jurídico | Interpretación conforme |
Para el concepto de derecho según González Morfín, el analogado principal es | El derecho subjetivo |
Este tipo de Estado tiende a intervenir en las diferentes esferas de desenvolvimiento de las personas, incluida la esfera íntima | Estado totalitario |
Las profecías acerca de lo que los tribunales harán realmente y nada mas pretencioso que eso, es lo que yo entiendo por derecho. Es la definición de derecho de este autor | Oliver. W. Holmes |
Este tipo de democracia requiere que las decisiones no sean tomadas sólo por la mayoría sino por acuerdo de todos los intereses y formas de vida representados de la sociedad | Democracia deliberativa |
Integración normativa de los hechos según los valores. Es la definición de derecho de este autor: | Miguel Reale |
El tipo de Estado representando por el Leviatán de T. Hobbes puede ser representado por este tipo de sistema estructural | Pirámide axiomática |
Este tipo de democracia se identifica con lo que en nuestro sistema se conoce como el parámetro de control de la regularidad constitucional | Democracia sustancial |
Una acción es conforme a derecho cuando permite, o cuya máxima permite la libertad del arbitrio de cada uno coexistir con la libertad de todos según la ley universal. Es el concepto de derecho de | Emmanuel Kant |
El ius realismo se identifica con esta dimensión del derecho | Fáctica |
El Estado Burgués, aunque en la práctica quedó igual que el Estado Leviatán, estructuralmente aparenta establecer este modelo | Red simétrica (igualdad ante la ley, igualdad aparente) |
Es el conjunto de todos los derechos humanos reconocidos por el sistema que, con independencia de la jerarquía ne la que se encuentren, tienen supremacía constitucional y el más alto nivel axiológico | Constitución sustancial |
Supone la existencia de un derecho encontrado que se formula en la ley del más fuerte | Iusnaturalismo naturalista |
El derecho es una proporción real y personal de hombre a hombre, que cuando es mantenida por éstos, mantiene a la sociedad, y cuando se corrompe, la corromoe | Dante Alighieri |
La dogmática jurídica es dogmática porque: | Es acrítica |
Este filósofo del derecho hace análisis funcional del mismo | Norberto Bobbio |
El pluralismo jurídico por ejemplo y la relación que existe entre los derechos humanos por poner otro ejemplo, pueden ser representadas estreucturalmente de esta manera | Res asimétrica o risoma |
Este filósofo desarrolla la teoría del garantismo | Luigi Ferraholi |
Se refiere al uso de ciertos mecanismos del propio derecho positivo para dar efectividad a las normas u otros textos legales ya conquistados y elaborados formalmente , provenientes del interés colectivo pero que son aplicados a favor de los segmentos populares. | Positivismo jurídico de combate |
Esta corriente iusfilosófica se identifica con la escuela de la exégesis | Iuspositivismo voluntarista |
Postula la existencia de un derecho dado | Iusnaturalismo teológico |
Según Max Weber, este tipo de derecho es la forma de legitimidad del ordenamiento jurídico revolucionariamente creado | Derecho natural |
Esta corriente considera que en el ser humano existen algunos datos antropológicos que sirven de base para pensar que el ser humano tiene algunos derechos derivados de su propia constitución | Ius naturalismo ético ontológico |
Esta dimensión de la opresión evita que los oprimidos se sirvan de los satisfactores que ellos mismos han producido | Explotación |
Es la parte de la estructura social que encubre, justifica y perpetúa relaciones de opresión | Ideología |
Para este iusfilósofo lo suyo de cada quien es lo que se le debe conforme a las exigencias ontológicas de su naturaleza, en orden a su subsistencia y perfeccionamiento individual y social | Rafael Preciado |
Según Porfirio Miranda, el derecho occidental moderno se troquela sobre esta noción | Intercambio conmutativo |
Señala que el conocimiento es siempre una relación estratégica en la que le hombre está situado, por lo que no es neutro ni meramente descriptivo sino valorativo. | Miche, Foacult |
Sostiene que la sociología jurídica debe responder a estas preguntas: ¿cómo se explica la existencia de normas que ordenan, permiten o prohíben tales conductas y no otras? ¡son tales normas eficaces? | Oscar Correas |
Desde el punto de vista del iusnaturalismo ético ontológico, es la respuesta hábil al estímulo de la presencia de otro ser humano que nos sujeta al reconocimiento y respeto | Responsabilidad |
Esta corriente filosófica del derecho considera a éste como un conjunto de normas conocidas sin considerar lo aportado por la experiencia y que forman un sistema válido en toda sociedad | Iusnaturalismo racionalista |
Este tipo de sistema político establece un conjunto de valores como límite a las decisiones democráticas, pero es riesgoso pues si los valores son morales y no éticos, puede favorecer posturas ultracoservadoras | Sistema republicano |
En esta dimensión el derecho no se relaciona con la moral pues puede convertirse en una injusticia | Axiológica |
En esta dimensión del derecho sí se relaciona con la moral, pues sino sería inoperante | Sociología |
El sistema jurídico burgués del Estado liberrak de Derecho, según la escuela del Derecho natural se fundó en estos principios | Principio de legalidad y garantía de derechos |
El Estado liberal de Derecho, por sus características se identifica con esta otra denominación | Estado Gendarme |
Consiste en cree que una ley positiva es obligatoria a pesar de su contenido, i.e. independientemente de si es moral o inmural. Pero una cosa es que se le impongan penas a quienes las viole y otra cosa que no se obligatoria. Contriscción no es lo mismo que tu obligación. Este es el concepto de lo que Porfirio miranda entiende como Es el | Mito del derecho |
Desde un punto de vista fenomenológico significa que los inetréses enfrentados de dos personas está unidos entre sí, de manera que ambas se vuelven sujetos una o de otra y que habrán de deliberar y dialogar la medida de la realización de sus ineréses | Obligación |
Consiste en el valor que se debe reconocer a cada regla creada y promulgada por un acto fijado conforme a las pautas del más alto nivel de la jerarquía normativa | Validez |
Consiste en la relación de conformidad de una norma, con las situaciones o comportamientos que se hallan en un ámbito de competencia | Efectividad |
En su alienación, los oprimidos quieren a toda costa parecerse a su opresor , imitarlo, seguirlo. Es una idea de: | Paulo Freire |
Constituye una filosofía política que impone al derecho y al estado la carga de la justificación externa conforme a los bienes y a los intereses cuya tutela y garantía constituye precisamente la finalidad de ambos | Garantismo |
Es toda orientación teórica que ignora el concepto de vigencia de las normas como categoría independiente de las de validez y efectividad | Iuspositivismo dogmático |
Tanto las condiciones formales suficientes para que una norma sea vigente como las sustanciales necesarias para que sea válida se encuentran establecidas por las normas jurídicas que disciplinan su producción en el nivel normativo superior | Iuspositivismo crítico |
La consciencia ética es "la capacidad que se tiene de escuchar la voz del otro, palabra transontológica que irrumpe desde más allá del sistema vigente. Es una idea de éste filósofo: | Enrique Dussel. Analéctica |
Los estereotipos de género como idea de que la mujer es el sexo débil, etcétera, es un ejemplo de esta dimensión de opresión: | Imperialismo cultural |
El derecho no solo es instrumento de la clase dominante (superestructura que determina la infraestructura) lo que posibilita el derecho como arma de liberación de la clase dominada (el derecho como producto de la lucha de clases) es una idea derivada de la tesis del "bloque histórico" de este filósofo: | Antonio Gramsci |
Voltea la ficha sin razón alguno | Holi owo <3 |
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