LDA_Art 27-29

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Se dan a conocer diferentes artículos sobre la ley federal de derecho de autor.
Melissa  Rendon
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Melissa  Rendon
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Resource summary

Question Answer
El articulo 27 menciona que los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir: Reproducción, publicación, edición o fijación material de una obra en copias o ejemplares, efectuada por cualquier medio.
¿Cuales son los medios por los que se efectúa una obra, que se menciona en el artículo 27? Impreso, fonográfico, gráfico, plástico, audiovisual, electrónico, fotográfico u otro similar.
Según el art. 27, los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir: La comunicación publica de su obra a través de cualquiera de estas maneras: a) La representación, recitación y ejecución pública en el caso de las obras literarias y artísticas; b) La exhibición pública por cualquier medio o procedimiento, en el caso de obras literarias y artísticas c) El acceso público por medio de la telecomunicación;
El articulo 27: los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir: La transmisión publica o radiodifusión de sus obras, en cualquier modalidad.
Según el art. 27, se incluye la transmisión o retransmisión de las obras por: Cable, fibra óptica, microondas, vía satélite o cualquier otro medio conocido o por conocerse.
Articulo 27: los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir: *La distribución de la obra. *Importación al territorio nacional de copias de la obra no autorizados. *La divulgación de obras derivadas, en cualquiera de sus modalidades( traducción, adaptación, paráfrasis, arreglos y transformaciones). Cualquier utilización publica de la obra (salvo en casos que dicta la Ley).
El art. 28 dice que las facultades a las que se refiere el articulo anterior son: Independientes entre si y cada una de las modalidades
Art. 29: los derechos patrimoniales estarán vigentes durante: La vida del autor y a partir de su muerte, cien años más (si son varios autores,se cuenta partir de la muerte del ultimo). 100 años después de que se divulguen: las obras póstumas y las obras hechas al servicio oficial de la Federación, entidades federativas o los municipios.
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