SUJETOS DE DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO

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SUJETOS DE DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
Goretti Mendez
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Sujetos Individuales TRABAJADOR: Persona que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado. PATRÓN: Persona Física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores
Trabajador Notas esenciales 1. Voluntariedad 2. Deber de Trabajo 3. Obediencia 4. Dependencia de su actividad personal a la dirección del patrón.
Trabajador I. EN GENERAL A. De planta a. Permanentes b. De temporada c. Jubilados TRABAJADOR DE PLANTA: Desempeña una actividad normal y además necesaria en la empresa. a. PERMANENTES: Desarrollan actividad continua en la empresa b. DE TEMPORADA: Desarrollan actividad durante algunas épocas del año. c. JUBILADOS: Continúan vinculados a la relación de trabajo, con beneficios.
Trabajador I. EN GENERAL B. Transitorios a. Eventuales b. Ocasionales c. Intermitentes d. Sustitutos TRABAJADOR TRANSITORIO: Realiza actividades que no se encuentran dentro de la organización permanente. a. EVENTUALES: Realizan temporalmente una labor continua. b. OCASIONALES: Ejecutan una labor accidental y que difícilmente pueden volver a realizar. c. INTERMITENTES: Realiza servicios a intervalos de tiempo y en forma discontinua, d. SUBSTITUTOS: Prestan servicios por un tiempo, supliendo a un trabajador de planta.
Trabajador II. DE CONFIANZA DE CONFIANZA: Depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se le dé al puesto
Trabajador II. DE CONFIANZA (Funciones) 1. Dirección 2. Administración 3. Inspección 4. Vigilancia
Trabajador II. DE CONFIANZA (Limitaciones) 1. No tienen derecho a la estabilidad en el empleo. 2. No tienen derecho a participación de utilidades. 3. Participa en utilidades límite= salario máx. que perciba un trabajador 20% 4. No podrán formar parte del sindicato 5. No tienen derecho a voto de recuento 6. Se les excluye de los beneficios obtenidos en el contrato colectivo 7. Patrón podrá rescindir la relación de trabajo "pérdida de la confianza" * ALTOS EMPLEADOS: Son trabajadores excepto si se trata del director o administrador único de la empresa.
Trabajador III. ESPECIALES La naturaleza del servicio que prestan se rigen por condiciones de trabajo diferentes,
Representante del patrón Personas que ejerzan funciones de dirección y administrativos.
Intermediario Persona que contrata o interviene en la contratación de otras para prestar servicios al patrón. *Si un trabajador utiliza los servicios de otros trabajadores el patrón de aquél lo será también de estos.
Subcontratación (outsourcing) Un patrón contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia a favor de un "contratante", la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de obras contratadas.
Subcontratación Outsourcing (Condiciones) 1. No abarcara la totalidad de actividades, iguales que se desarrollen en el centro de trabajo. 2. Deberá justificarse su carácter especializado 3. No comprenderá tareas iguales o similares a las que realice el resto * Si no se cumplen estas condiciones, el contratante será considerado patrón y responsable de las obligaciones laborales y las de seguridad social
Subcontratación Outsourcing (Requisitos) 1. Contrato por escrito 2. El contratante se cerciorará que el contratista cuenta con los doc. y capacitaciones para cumplir con las obligaciones lab. 3. Que se cumpla con las disposiciones en materia de seguridad, salud y medio ambiente. * Esté será verificado a través de "unidad de verificación" acreditada
Subcontratación Outsourcing (Prohibición y Sanción) PROHIBICIÓN: No se permite que por outsourcing se transfieran deliberadamente trabajadores de la contratante con el objeto de disminuir derechos laborales SANCIÓN: Si se utiliza de forma dolosa o se viola la prohibición se le impondrá multa equivalente de 250 a 5000 veces el S.M
Empresas (Clasificación) 1. ACTIVIDAD a. Industrial b. Comercial c. Agrícola d. Minera e. De servicios INDUSTRIAL: Producen por actividades tecno- mecánicas COMERCIAL: Sus actividades se vinculan directamente a la venta de productos AGRÍCOLA: Actividades de agricultura, ganadería y forestales. MINERA: Actividades de exploración y explotación de minas DE SERVICIOS: Actividades con servicios directos al público
Empresas (Clasificación) 2. EXTENSIÓN a. Empresa b. Establecimiento EMPRESA: UNIDAD ECONÓMICA de producción o distribución de bienes y servicios Requisitos: a. capacidad económica b. estar establecida ESTABLECIMIENTO: UNIDAD TÉCNICA como sucursal, agencia...que contribuya a realizar los fines de la empresa
Empresas (Clasificación) 3. JURISDICCIÓN a. Federal b. Local o estatal FEDERAL: Por ley se determina en razón de la rama de industria LOCAL O ESTATAL: Se determina cuando la industria no sea federal
Empresas (Clasificación) 4. FINALIDAD a. Con fines de lucro b. Sin fines de lucro CON FINES DE LUCRO: Preponderantemente económico SIN FINES DE LUCRO: Realizar objetivos artísticos, políticos, religiosos, deportivos, etc.
Empresas (Clasificación) 5. Capacidad económica a. Microindustria b. Pequeña industria c. Mediana industria MICROINDUSTRIA: 10 personas y ventas anuales no rebase 4 millones, con tope max. combinado de 4.6 millones. PEQUEÑA EMPRESA: *Área de comercio: 11-30 personas y ventas anuales no rebase 4.01 - 100 millones, con tope max. combinado de 93 millones. *Industria y servicios: 11-50 personas y ventas anuales no rebase 4.01 - 100 millones, con tope max. combinado de 96 millones.
Empresas (Clasificación) 5. Capacidad económica a. Microindustria b. Pequeña industria c. Mediana industria MEDIANA EMPRESA: * Empresas de comercio: 31-100 personas y ventas anuales no rebase 100.1 -250 millones, con tope max. combinado de 235 millones *Empresas de servicios: 51 -100 personas y ventas anuales no rebase 100.1-250 millones, con tope max. combinado de 235 millones *Empresas de industria: 51-250 personas y ventas anuales no rebase 100.1 -250 millones, con tope max. combinado de 250 millones. TOPE MÁX. COMBINADO: no. de trabajadores X 10% X 90%
Empresas (Clasificación) 6. Beneficiaria y sirviente BENEFICIARIA: Utiliza actividades de otras negociaciones para beneficiarse con la producción de estas. SIRVIENTE: Realiza actividades o servicios para contribuir a los fines de una empresa beneficiaria
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