Created by Alejandro Tellez Ortega
almost 8 years ago
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Question | Answer |
Puede ser fiador | todo el que se puede obligar por Estipulación Romano o extranjero |
Tipo de obligación del fiador | accesoria que garantiza una obligación |
dos ✌ obligaciones del fiador | unirse a una obligación principal ........ tener el mismo objeto que la obligación principal |
Como se realizaba el contrato litteris en derecho antiguo | Con menciones especiales escritas por el acreedor |
los contratos litteris se escribían en | Codex y la nomina transcriptia |
El contrato RE es | Aquel contrato no perfeccionado que no produce obligación alguna si no interviene la entrega de la cosa |
Los cuatro tipos de contrato re | MUTUO COMODATO DEPOSITO PRENDA |
MUTUO | Contrato real por el que se da a alguno una cosa fungible que se hace de su dominio. Estando obligado a restituir en cierto tiempo ⏳ otro tanto en igual género |
Cosas objeto de contrato mutuo | Cosas fungibles con numero, peso y medida |
COMODATO | Contrato re en el que se entrega una cosa no fungible Para uso gratuito y restituirse la misma especie concluido el usot |
Objeto material del comodato | Mueble Cuerpo cierto individual especie |
DEPOSITO | contrato real por el que se entrega una cosa mueble a otro Para conservar gratuitamente ...... obligación de restituirla en especie cuando deponente la reclame al primer requerimiento |
DEPOSITO IRRREGULAR | Depositario debe restituir la misma cosa depositada o su equivalente Devolviéndole a la primer reclamación la cantidad |
Secuestro | El que se hace por mandato del juez contra la voluntad del dehoente o espontáneamente por |
El deposito esta en manos de un tercero o sequester | obre una cosa de la que existe contienda |
Carcteristicas del secuestro | El objeto pueden ser cosas muebles,inmuebles o personas |
El sequester es quien tiene | La verdadera posesion de la cosa depositada |
Siendo el beneficio de la posesion sequester | y usucapion adquirida por la parte que triunfe |
PRENDA | Contrato en el que se entrega al acreedor alguna cosa como seguro de la deuda . |
Siendo la condicion de la prenda | Que se restituya una vez pagada en la misma cosa o especie |
Pignus | COntrato por el que el deudor o un tercero entrega una cosa para seguridad de su credito COn cargo al acreedor de restituirla luego de pago |
Tipo de contrato del pignus | Analogo a comodato y deposito Contrato accesorio |
Requisito para formar prenda | La entrega de la cosa al acreedor prendista Se transfiere la posesion natural |
Son objeto de pignus | Toda cosa en comercio de los hombres Propias o ajenas si el dueño las concede Las que tengan precio Muebles o inmuebles |
Quien da la prenda tiene aun | La propiedad Derecho de usucapir por intermedio del prendista |
Principal objeto del pignus | Las cosas muebles |
La prenda es un contrato esencialmente interesado por ambos lados | El deudor encuentra credito mas facilmente ---------- Acreedor esta mas seguro de ser pagado |
CONTRATOS CONSENSUALES Consensu es el | solo acuerdo de las partes |
Los tipos de contratos consensuales | Venta Arrendamiento Sociedad Mandato |
Origen del contrato consensual | Derecho de gentes |
Requisitos del derecho civil Romano para que exista contrato consensual | No exista formalidad alguna Solo simple convencion solo que sea cierta |
Es un contrato sinalagmatico perfecto | Genera obligaciones reciprocas en las partes |
Ejemplo de contrato sinalagmatico perfecto | Venta Arrendamiento sociedad |
Contrato sinalagmatico imperfecto | Se crean obligaciones para una de las partes Y de manera contingente a las otra |
Ejemplos de contrato sinalagmatico perfecto | Mandato Comodato Deposito Prenda |
Venta en roma | Dos personas acuerdan que una debe procurar libre posesion y disfrute pacifico y completo de una cosa determinada mediante pago de un precio fijado en pecunia |
En venta quien debe la cosa | Es el vendedor y hace venditio Tiene accion venditio |
En la venta quien paga el precio | Es el comprador y hace emptio Tiene accion emptio |
El contato consensual de la venta es perfecto desde | Que el comprador y vendedor estan de acuerdo sobre la cosa vendida y el precio |
El acuerdo de las partes recae sobre | la cosa vendida y sobre el precio |
Son objeto de venta | todas las cosas suceptibles de entrar en el patrimonio de particulares |
Se pueden vender | Servidumbres Creditos Herencias no futuras |
Para que la venta sea valedera el dinero | Tiene que ser acuñado Cierto y serio |
El equivalente que el comprador debe dar al vendedor debe ser | una cantidad de dinero,pecunia numerata |
Diferencia entre venta y cambio | Pecunia numerata |
Efecto de la venta | Crea obligaciones en las dos partes |
Desde el instante en que se forma | Origina obligaciones entre ambos lados vendedor y comprador |
Obligaciones del vendedor | Hacer tener al comprador la cosa vendida -------- procurar el disfrute completo y duradero ----------- Abstenerse de todo dolo |
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