Es el derecho real de garantía construido por el deudor garante a favor del acreedor garantizado, para garantizar el cumplimiento de una o varias obligaciones del deudor principal o de un tercero.
Operaciones que se realizan en el Registro de Garantías Mobiliarias
Inscripción de una constitución;
Modificación;
Cancelación;
Ejecución;
Consultas;
Certificaciones.
Características del Registro de Garantías Mobiliarias
Opera por medio de la inscripción de formularios estándar;
Se organiza, en general, por un sistema de folio electrónico personal;
En el Registro deberá centralizarse e inscribirse las garantías otorgadas sobre bienes muebles definidas por la ley;
Es un Registro automatizado;
Se encuentra dotado de las medidas de seguridad indispensables para comunicaciones electrónicas;
Podrá interconectarse con registros similares de otros países con los que se celebren convenios sobre la materia;
Deberá interconectarse con los registros de la propiedad.
Constitución de la Garantía Mobiliaria
Artículo 1574 del C.C.
Forma de constituir la Garantía Mobiliaria
Artículo 10 LEY DE GARANTÍAS MOBILIARIAS
Requisitos del art. 12 LGMOB
Lugar y fecha de celebración;
Nombre, domicilio, documento de identificación y demás datos que permitan la plena identificación del deudor garante y del acreedor garantizado;
El monto máximo garantizado por la garantía mobiliaria;
La mención expresa de que los bienes muebles descritos servirán de garantía a la obligación garantizada;
El procedimiento de ejecución voluntaria, si el mismo es pactado por las partes;
La inclusión de clausula compromisoria, si la misma es pactada por las partes; y,
La firma de las partes o la impresión dactilar en caso no supieran o no pueden firmar; en este caso será necesario la comparecencia de un testigo.
Registro Tributario Unificado
Definición
Se establece el Registro Tributario Unificado, en donde se inscribirán todas las personas naturales o jurídicas que estén afectas a cualquiera de los impuestos vigentes o que se establezcan en lo futuro.
Registro Fiscal de Vehículos
Definición
Es la unidad que tiene a su cargo el registro y control de todos los vehículos terrestres que circulan en el territorio.
Funciones y atribuciones
Inscribir cuando corresponda;
Mantener actualizado el registro y control de vehículos con los datos que describan sus características;
Hacer las verificaciones e inspecciones necesarias para la determinación precisa de los datos consignados por los propietarios de los vehículos sin costo adicional al usuario;
En el caso de departamentos, la Dirección General de Rentas Internas, creará y apoyará el Registro Fiscal de Vehículos;
Tendrá también a su cargo establecer y mantener actualizado el registro y supervisión de placas de distribuidor.
Requisitos indispensables
Agencia virtual;
Cero omisos y
Pago del impuesto de circulación/plazo.