Actos preliminares a
la audiencia final de
primera instancia
la audiencia final de primera
instancia, y después sea dictada
la sentencia, o bien, para decretar
el sobreseimiento de la causa
Se jecutarán los actos procedimentales llamados
conclusiones, mismos que por mandato expreso de
la ley, pueden dar lugar a diversas hipótesis
trascendentales, en cuanto al proceso y a sus
intervinientes
Conclusiones en
general.
Las conclusiones, son, actos procedimentales
realizados por el agente del Ministerio Público, y
después, por el defensor, con el objeto, en unos
casos, de fijar las bases sobre las que versará la
audiencia final
CLASIFICACIÓN DE LAS
CONCLUSIONES
Del Ministerio
Público
provisionales y
definitivas.
Son
provisionales
hasta en tanto, el juez
no pronuncie un auto
considerándolas con
carácter definitivo
Son
definitivas
Cuando al ser estimadas así, por el
juez, ya no deben ser modificadas,
sino por causas supervenientes en
beneficio del acusado
Son
acusatorias
cuando de la exposición
fundamentada jurídica y
doctrinariamente, atento
a los elementos
instructorios del
procedimiento
Son
conclusiones
inacusatorias
la exposición fundada jurídica y
doctrinalmente de los elementos
instructorios del procedimiento en los
que se apoya el agente del Ministerio
Público
Forma y
contenido
se sujetarán a lo
dispuesto en la
legislación,
proceso a que se refieren, el juez a
quien se dirigen, el nombre del
acusado, una exposición de los
hechos, los preceptos legales
aplicables, los puntos concretos a
que se llegue, y, la fecha y firma del
agente del Ministerio Público
En cuanto al contenido, satisfarán las siguientes
exigencias: una exposición suscinta y metódica de los
hechos, un estudio jurídico y doctrinal de los medios
de prueba, que obren en el expediente,
relacionándolos con los acontecimientos y con la
personalidad del acusado;
Efectos
La presentación de conclusiones del agente
del Ministerio Público (acusatorias o
inacusatorias) producen consecuencias
jurídicas inmediatas.
acusatorias
dar vista con ellas y con el
expediente del proceso al
Procurador General de
justicia
inacusatorias
también se remitirán al
Procurador de Justicia;
después de confirmadas